El presidente de República Dominicana presenta un proyecto para regular los juegos de azar

Luis Abinader, presidente de República Dominicana.
Luis Abinader, presidente de República Dominicana.

Uno de los puntos del texto presentado por Luis Abinader, propone la creación de la Dirección General de Juegos de Azar para regular y supervisar al sector.  

República Dominicana.- El presidente Luis Abinader sometió este martes 17 de junio al Congreso Nacional un proyecto de ley que busca regular y supervisar el sector de los juegos de azar en República Dominicana. Asimismo, el texto presentado a través de la Consultoría Jurídica, establece mecanismos para prevenir el lavado de activos en esta actividad económica.

Como parte central de la propuesta, se contempla la creación de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), que funcionará como el órgano rector del sector y será responsable de otorgar licencias operativas a un total de 15 modalidades de juegos definidos en la normativa. 

Los tipos de juegos enumerados son: casinos, salas de juegos de máquinas tragamonedas, casas de apuestas deportivas, casas de lotería, agencias hípicas, sorteos de la lotería nacional, loterías electrónicas, puntos de ventas de apuestas de lotería, máquinas tragamonedas, salas tragamonedas, juegos de azar y apuestas por internet, juegos de azar virtuales, bingos tradicionales, bingos electrónicos y rifas benéficas y no benéficas.

La propuesta, sometida al Senado de la República, impone regulaciones y gravámenes considerables para cada tipo de operación. 

Repecto al uso de máquinas tragamonedas, el proyecto indica que solo podrán operar legalmente en casinos, hoteles de una a tres estrellas y casas de apuestas. En ese sentido, la iniciativa contempla sanciones para aquellos propietarios que instalen estos equipos en colmados, centros de entretenimiento y diversión.

En cuanto al régimen tarifario, se propone que los casinos con entre una y 15 mesas paguen RD$55.853 (USD938) por cada una, mientras que aquellos con más de 36 mesas deberán pagar RD$85.927 (USD1443) por unidad. Además, cada máquina tragamonedas deberá pagar un 5 por ciento mensual sobre las ventas brutas.

La propuesta para la regulación de bancas deportivas indica que deben estar a 500 metros de centros educativos y de salud. Tampoco deben pasar de las 10 máquinas tragamonedas y no deben estar instaladas en ninguna sección o paraje del país.

Las bancas que operen en el área metropolitana pagarán RD$386.673 (USD6494) anuales por concepto de operación, y las del resto del territorio, RD$257.782 (USD4329). Para entrar en operación deberán pagar RD$794.414 (USD13343), más el 1 por ciento de las ventas brutas del mes. Hasta que se desarrolle una plataforma de cobro digital, cada banca pagará RD$9.500 (USD160) al mes por las ventas brutas.

En relación a las casas o bancas de lotería, el texto también impone una distancia mínima de escuelas y colegios, estancias, centros de salud, iglesias e instituciones estatales, limitada a 200 metros. El proyecto modifica el artículo 36 de la Ley 139-11 para aumentar de RD$50 a RD$60,149 el impuesto anual a las casas de lotería. Además, se agrega un impuesto de un 1 por ciento a las ventas brutas del mes.

Asimismo, para registrar una casa de lotería se deberá pagar RD$317.765 (USD5337) por concepto de registro o pago inicial de operaciones. Además, se agrega un párrafo transitorio para cobrar RD$2.400 (USD40) al mes hasta que complete el proceso de interconexión.

Las loterías electrónicas, que también deberán estar a 200 metros de centros educativos y de salud, el proyecto propone que paguen al mes el 24 por ciento de las ventas brutas de los sorteos acumulativos, el 5 por ciento de los no acumulativos y RD$54.000 (USD907) al año por concepto de operación. También incluyen el 1 por ciento de las ventas brutas de las ventas diarias.

Los bingos deberán estar a 100, 300 y 500 metros de escuelas, de otros bingos, zonas rurales, respectivamente, y, deberán pagar un impuesto de 10 por ciento de las ventas brutas del mes.

El artículo 34 señala que la Dirección General de Juegos de Azar, se reservará la entrega de licencia a empresas y personas que hayan sido sancionadas en los cuatro años previos en los delitos de fraude contra el Estado, lavado de activos, financiamiento del terrorismo, falsedad, contrabando y delito contra la salud.

Todas las operaciones estarán almacenadas en el Sistema Único de Registro, según estipula el artículo 102 del proyecto de ley. Cada negocio tendrá obligatoriamente el mensaje en su entrada: «Jugar compulsivamente afecta tu salud», parecido a la ley sobre el consumo de alcohol.

Respecto a las infracciones, el texto establece que aquellos que violen la normativa serán penados con multas de hasta 400 salarios mínimos del sector público. Dependiendo el grado, la penalidad podría ser tipificada en la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Además, se aplicarán penas entre los seis meses a 10 años de prisión, según la reincidencia.

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