El presidente de Ecuador prohíbe la publicidad de apuestas deportivas
Lasso promulgó la Ley Orgánica de Comunicación que hace referencia a la publicidad de casas de apuestas.
Ecuador.- Guillermo Lasso, presidente de Ecuador, aprobó el reglamento de aplicación de la Ley Orgánica de Comunicación, introducida a finales de 2022. En el documento, se define la prohibición de la publicidad de las casas de apuestas deportivas en el territorio ecuatoriano. Ante esta medida, la LigaPro de fútbol emitió un comunicado donde mostró su fuerte oposición a la iniciativa.
Esta Ley surgió con el objetivo de deshacer la legislación anteriormente aprobada por el ex presidente Rafael Correa, popularmente conocida como “ley mordaza”, ya que esta misma hacía énfasis en el control de los medios y elementos como la responsabilidad ulterior, entre otros puntos.
“Las compañías de pronóstico deportivo no podrán hacer publicidad de ningún tipo en Ecuador”, según lo determina el artículo 56 del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, promulgado el miércoles 23 de agosto por el presidente Lasso, en medio de un difícil contexto social y político luego de las elecciones celebradas el domingo 20 de agosto.
Específicamente, la norma señala: “Se prohíbe la publicidad engañosa, así como todo tipo de publicidad o propaganda de pornografía infantil, de cigarrillos, sustancias sujetas a fiscalización y todo tipo de sistema de apuestas o predicciones deportivas”.
Esta disposición se contrapone a la regularización tributaria que el Gobierno Nacional aplicó en mayo a estas actividades. Por ello, las empresas dedicadas a las apuestas deportivas analizan tomar medidas legales para suspender los efectos de esa prohibición.
Según el abogado Daniel Frías, quien representa a las casas de pronóstico deportivo, la disposición incurriría incluso en «discriminación». Las empresas no solo se publicitan en medios de comunicación, sino que auspician incluso a la Liga Pro y a varios clubes de fútbol que participan en el torneo ecuatoriano.
«Esto tendría ya que ser netamente suspendido porque es una normativa», dijo al medio local Ecuavisa Jeannine Cruz, titular del Consejo de Desarrollo y Promoción de la Información y Comunicación.
A su vez, las empresas de pronóstico deportivo sostienen que su actividad se ampara en un pronunciamiento de la Procuraduría General del Estado (PGE), que diferencia su actividad de las apuestas y de los juegos de azar porque su negocio se basa en probabilidades estadísticas.
Asimismo, indican que esa declaración de la PGE los excluye de incurrir en el delito señalado en el artículo 236 del Código Integral Penal (COIP), que sanciona con cárcel a quienes administren o participen en las actividades de casinos, salas de juego, casas de apuestas o juegos de azar.
Cabe destacar que la ley no menciona expresamente la publicidad de las casas de apuestas en el fútbol, aunque al tratarse de acuerdos, pueden ser tomados en cuenta como acuerdos de publicidad, que sí estarían sujetos a la ley.
Según información del Servicio de Rentas Internas (SRI), la institución a cargo de gestionar la política y la recaudación tributaria de Ecuador, existen 33 empresas que operan en el país, de las cuales seis se encuentran registradas en el país, mientras que las 27 restantes son internacionales.
Si llegasen a estar sujetas a la ley, restaría saber de qué forma Ecuador planea sancionarlas, ya que resultaría virtualmente imposible obligar a las 27 empresas extranjeras a pagar multas.
Por su parte, la LigaPro expresó un “profundo rechazo” y “energética protesta” hacia el artículo 56 del nuevo reglamento de la Ley Orgánica de Comunicación, según informó el medio ecuatoriano Primicias.
En respuesta a esta nueva medida, la LigaPro afirma que “la pretendida prohibición amenaza con debilitar significativamente la sostenibilidad financiera del fútbol, lo que a su vez repercutirá en la calidad del deporte que tanto amamos y la comunidad que lo rodea”.
“Parece que el Gobierno tampoco conoce que los clubes han hecho sus presupuestos con base a estos ingresos, precisamente para los pagos a sus jugadores, entrenadores y demás partícipes de esta industria”, agrega el comunicado firmado por 24 de los 26 clubes de la Serie A y Serie B. Los únicos equipos que no firmaron fueron Universidad Católica y América de Quito.
Bet593 es la patrocinadora oficial de la Liga Profesional y pagó para que el torneo se llame LigaPro Bet593. Por su parte, la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) también mantiene un acuerdo con Ecuabet. Y desde esta temporada, la Superliga Femenina también acordó una asociación con una casa de apuestas a un aliado. Por eso, el torneo se llama Superliga Dorado Bet.
Varios de los 26 clubes de la LigaPro (Serie A y Serie B) tienen a las casas de apuestas como su main sponsor.
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Qué indicaba la reforma tributaria
A partir de la reforma tributaria aprobada en mayo, las plataformas de pronósticos deportivos serían consideradas como actividades no relacionadas con juegos de azar, lo que implica que deben ser reguladas y estar sujetas a impuestos. Así se definió la creación de un impuesto único sobre la renta del 15 por ciento para las personas y empresas que operen en el ámbito de los pronósticos deportivos.
En la exposición de motivos del proyecto que llegó a la Asamblea a principio de mes, se explicaba que las plataformas de pronósticos deportivos se definen como un sitio web o una aplicación móvil que proporciona a los usuarios información y herramientas para hacer predicciones sobre eventos deportivos, además que pueden cubrir una amplia variedad de deportes.
También se señaló que en Ecuador se identificaron sociedades y personas naturales relacionadas con actividades de pronósticos deportivos que operan mediante plataformas digitales. A esto se suma más de una docena de plataformas que se publicitan en eventos deportivos sin representación en territorio ecuatoriano, pero que registran transacciones en el país.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) del Ecuador informó que en el país operan, al menos, 23 sitios de apuestas y pronósticos. El SRI incluye a las plataformas de apuestas en línea para el cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA). El tributo lo pagarán las plataformas nacionales, los apostadores en plataformas extranjeras y, además, se gravará sobre el valor de los premios.
Tanto el ministro de Economía y Finanzas, Pablo Arosemena, como el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones, aseguraron que tienen proyectado recaudar más de USD10m con este impuesto, que entraría en vigencia el 1 de enero de 2024.