El casino de Rosario deberá pagar una indemnización millonaria
El casino City Center fue condenado por la Justicia a pagar un elevado resarcimiento por daños y perjuicios a un apostador. La empresa apelará el fallo.
Argentina.- La Justicia Civil y Comercial ordenó al casino de City Center Rosario indemnizar a un apostador que denunció haber sido víctima de una agresión de parte del personal de seguridad del establecimiento. La empresa deberá pagar un resarcimiento por daños y perjuicios que asciende a AR$5m (USD35,500) más intereses y costas, lo cual dejaría el monto total en aproximadamente AR$8m (USD56,700).
El caso que resolvió en estos últimos días el juez Civil y Comercial Nº 14, Marcelo Quaglia, se remonta al 1º de mayo de 2016 cuando, según el fallo, un hombre de 48 años, tuvo un inconveniente con una máquina del establecimiento que derivó en que el personal de seguridad interpretara que estaba golpeando la máquina, por lo que lo increparon, según el juez.
Según el relato de la persona presuntamente agredida, luego de esta situación él respondió verbalmente, retiró el ticket con crédito de la máquina y cuando se disponía a buscar otra fue tomado por detrás por personal del lugar, llevado a una salita, donde resultó golpeado, para luego ser retirado por personal policial.
Luego de lo ocurrido, cuando el cliente relata que volvió a su casa, estuvo en cama, orinando con sangre y con sangrado en los oídos, hasta el 4 de mayo, cuando junto a su abogado se presentó a hacer la denuncia en Fiscalía. El fallo indica que si bien el demandante solicitó las cámaras del lugar, al tiempo le indicaron que ya no contaban con esa filmación, por el tiempo transcurrido, ya que las grabaciones se iban superponiendo.
Desde el casino, negaron los hechos y afirmaron que el personal de juego vio al demandante golpear la máquina, alterando el orden y atentando contra bienes de la empresa. Además, indicaron que el hombre agredió al trabajador y al personal de control.
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Para el juez Marcelo Quaglia, “resulta indubitable el carácter de consumidor del apostador, así como de proveedor de la demandada, configurándose entre ambos una relación de consumo. En tal sentido, el demandante celebró un contrato encuadrable dentro de la Ley de Defensa del Consumidor, y en este marco se encontraba disfrutando de un momento de esparcimiento en las instalaciones del casino”.
Al mismo tiempo, el magistrado planteó que «la existencia de registros fílmicos permitiría dilucidar cualquier duda». Y entendió “que una mínima conducta diligente hubiera requerido que se cautelen las grabaciones de lo acontecido”. También apuntó a que “corresponde al proveedor la obligación de colaborar en el esclarecimiento de la cuestión, aportando todos los elementos que tenga en su poder”.
El fallo apunta a que “el hombre fue maltratado y sometido a golpes en las dependencias del casino por parte de su personal”. La pericia médica determinó una discapacidad parcial permanente del 15 por ciento.
La resolución plantea que la sanción se justifica por “la ausencia de colaboración del demandado al momento de aportar elementos al proceso a fin de acreditar la veracidad de los hechos, la posición en el mercado del casino y los bienes que fueron notoriamente menospreciados (salud e integridad física)”.
El resarcimiento asciende a AR$5m más intereses y costas: el 30 por ciento corresponde al demandante y el resto será destinado al Grupo de Autoayuda para Familiares y Amigos de Jugadores Compulsivos con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El fallo se encuentra apelado.
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