Brasil reguló la retención del impuesto sobre la renta aplicable a las comisiones de las plataformas de apuestas
La Receita Federal publicó una normativa que introduce un sistema opcional de autorretención para plataformas de apuestas deportivas.
Brasil.- La Receita Federal de Brasil publicó la Instrucción Normativa N.º 2.331/2026, que establece nuevas reglas para la retención del Impuesto sobre la Renta sobre comisiones, honorarios de corretaje y otras remuneraciones pagadas entre empresas que operan en el mercado de apuestas deportivas. La norma comenzó a regir el 1 de julio tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión.
La principal novedad es la creación de un régimen opcional de autorretención, que permitirá a las propias plataformas recaudar y declarar el impuesto correspondiente, reemplazando el mecanismo actual por el cual la empresa contratante debía efectuar la retención. Sin embargo, el sistema vigente continuará disponible. En esos casos, la empresa que contrata el servicio seguirá siendo responsable de retener el 1,5 por ciento del Impuesto sobre la Renta sobre los pagos realizados a las plataformas.
Cómo funcionará el nuevo régimen
Las empresas que opten por el modelo de autorretención deberán formalizar su elección una vez por año mediante la Declaración Digital de Retenciones y Otras Informaciones Tributarias (EFD-Reinf). La opción será irrevocable durante el período de vigencia y deberá ser informada a las compañías que utilicen sus servicios.
Según explicó la Receita Federal, la normativa fue desarrollada a partir de los debates realizados en el programa Receita Soluciona y busca adaptar los procedimientos tributarios a la evolución de los modelos de negocio digitales.
La instrucción también incorpora una definición de «plataforma digital«, en línea con la Ley Complementaria N.º 214/2025. Bajo ese concepto se incluyen las personas jurídicas que intermedian transacciones electrónicas y controlan aspectos esenciales de la operación, como la facturación, los pagos, las condiciones comerciales o la entrega del servicio. En cambio, quedan excluidas de esa categoría las empresas que únicamente prestan servicios de acceso a internet, procesamiento de pagos, publicidad o comparación de proveedores.
Sin cambios para los apostadores
La nueva normativa no modifica los impuestos aplicables a los jugadores. Los premios obtenidos por personas físicas en apuestas de cuota fija y deportes de fantasía continuarán regulados por la Ley N.º 14.790/2023 y la Instrucción Normativa N.º 2.299/2025.
El Impuesto sobre la Renta seguirá aplicándose sobre el premio neto anual, calculado como la diferencia entre el total de ganancias y el monto apostado durante el año. La alícuota es del 15 por ciento y solo alcanza a los importes que superen el límite anual de exención, actualmente fijado en R$ 28.467,20.
Para presentar la información ante la Receita Federal, los contribuyentes deberán utilizar el comprobante ComprovaBet, emitido por las plataformas autorizadas, que resume todas las operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal.
En los casos en que exista un saldo de impuesto a pagar, el monto podrá abonarse en hasta 60 cuotas mensuales, con un valor mínimo de R$ 200 por cuota. La Receita Federal también precisó que el cálculo final contemplará todas las ganancias declaradas y descontará cualquier importe retenido previamente en la fuente.