Barcelona da marcha atrás con las restricciones a salones de juego
Quedó sin efecto el régimen de distancias mínimas de 800 metros entre los salones de juegos de azar y establecimientos educativos.
España.- Semanas después de que la Junta de Gobierno de L’Hospitalet de Llobregat, un municipio de la provincia de Barcelona, endureció sus controles al juego, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló en sentido inverso.
Este martes, 21 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló el régimen de distancias mínimas aprobado por el Ayuntamiento de Barcelona en 2021, dentro del Plan Especial Urbanístico para la Regulación de los Juegos de Azar en la ciudad.
En concreto, quedó sin efecto el régimen de distancias mínimas de 800 metros entre los salones de juegos de azar y establecimientos educativos, y el de 450 metros respecto a establecimientos considerados como usos protegidos. Así, será de aplicación el régimen general preexistente de 100 metros de distancia mínima respecto a centros de enseñanza reglada ya previsto en la normativa autonómica catalana.
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El fallo se sostuvo en considerar que el Ayuntamiento de Barcelona no tenía competencias para regular en materia de ordenación del juego presencial, y que estas distancias, ya habían sido debidamente reguladas por la normativa sectorial aprobada por la Generalitat de Catalunya.
El TSJC consideró que «el intento del Ayuntamiento es reconducir su competencia a la de Urbanismo». Y en este punto señala con vehemencia que «no es dable al Ayuntamiento entrar a regular vía Ordenanza materias que ya han quedado reguladas por la Administración autonómica.
La evaluación fue efectuada a partir del recurso contencioso administrativo planteado por la
representación procesal de la patronal del Joc Privat de Catalunya. Cabe aclarar que el fallo es susceptible de recurso en casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
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