Aumento en la alícuota de Ingresos Brutos en Buenos Aires, Argentina
Nuevas modificaciones en el código fiscal y en la ley tarifaria afectarían directamente a las actividades relacionadas con comercialización de juegos de azar, a través de máquinas electrónicas de resolución inmediata y juegos de casinos.
Argentina.- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) se aumenta del 8 por ciento al 12 por ciento la alícuota aplicable a las actividades de comercialización de juegos de azar. Esta es una más de las principales modificaciones introducidas en el código fiscal y en la ley tarifaria del 2016 en la Ciudad de Buenos Aires. Para ciertas actividades especiales relacionadas con la comercialización de juegos de azar, a través de máquinas electrónicas de resolución inmediata y juegos de casinos, se produce un importante aumento de las alícuotas sobre Ingresos Brutos.
Para actividades de comercialización de billetes de lotería y otros, salvo la que se determine por diferencia (comercialización de billetes de lotería y juegos de azar autorizados, cuando los valores de compra y venta son fijados por el Estado), la base imponible está constituida por la totalidad de los ingresos brutos devengados por la actividad de comercialización durante el periodo fiscal.
Para el caso de la actividad de explotación de juegos de azar en casinos (ruleta, punto y banca, Black Jack, poker y/u otro juego autorizado) o explotación de máquinas electrónicas de resolución inmediata, la base imponible estará constituida por la diferencia entre el monto del dinero total ingresado en concepto de apuestas, ventas de fichas, créditos habilitados, tarjetas o similares y el importe efectivamente abonado en concepto de premios, los cánones y/o utilidades que perciba el Ente estatal concedente de la autorización. Los cambios fueron establecidos por la Ley 5493 (BO 04/01/16) para el Código Fiscal, y la Ley 5494 (BO 04/01/16), para la Tarifaria.