Argentina: diputados santafesinos presentaron un proyecto de ley para prevenir la ludopatía

El proyecto de ley crea, entre otros puntos, un Registro de Autoexclusión Voluntario y programas de atención.
El proyecto de ley crea, entre otros puntos, un Registro de Autoexclusión Voluntario y programas de atención.

El diputado Rubén Giustiniani y la diputada Agustina Donnet, de la provincia de Santa Fe, presentaron un proyecto para “prevenir la ludopatía y atender y rehabilitar a las personas afectadas”.

Argentina.- Rubén Giustiniani y Agustina Donnet, miembros de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, reingresaron la semana pasada un proyecto de ley que tiene como objetivo “prevenir la ludopatía y atender y rehabilitar a las personas afectadas”, incluyendo entre sus artículos, además, modificaciones a la Ley Provincial Nº 11.998 (Ley de Casinos).

Giustiniani ya había presentado el mismo proyecto el año pasado, que recientemente caducó en la Cámara Baja provincial, y que a su vez era una réplica de otra iniciativa parlamentaria de 2016 que recientemente perdió estado legislativo por falta de tratamiento en tiempo y forma. Dicho proyecto había sido presentado junto a los diputados Silvia Augsburger y Carlos Del Frade.

De acuerdo con lo propuesto por los diputados, el Estado Provincial deberá desarrollar actividades de prevención de la ludopatía, incluyendo al menos una campaña publicitaria anual en los medios masivos de comunicación, donde se informe a la población sobre “la falacia de los mitos más comunes respecto a los juegos de azar” y los indicadores para reconocer cuando el juego es una adicción.

El Ministerio de Salud tendrá que establecer “un programa de atención a las personas afectadas y de orientación a sus familiares”. Este programa deberá contemplar la capacitación del personal de los centros de salud y organismos territoriales del Ministerio de Desarrollo Social, a fin de poder detectar la problemática.

Asimismo, serán parte de este programa la línea gratuita 0800-555-6743 ya existente, debiendo estar publicada esta información en la página Web del Ministerio de Salud de la Provincia y de la Lotería de Santa Fe. El Ministerio de Salud incluirá en sus registros la ludopatía, a fin de conocer la magnitud, distribución y evolución de la misma en el conjunto de la población.

Por medio de la propuesta ley, se creará el Registro de Autoexclusión Voluntario, donde podrán inscribirse las personas que decidan autorizar que su ingreso a las salas de juego sea rechazado. También se admitirá la propuesta de inscripción por parte de familiares o personas convivientes, a partir de la cual se desarrollarán entrevistas con la persona posiblemente ludópata para ofrecerle atención y la posibilidad de inscripción en este Registro.

La nómina de personas inscriptas será comunicada periódicamente a los casinos y bingos, los que deberán prohibir el ingreso a las salas de estas personas. El incumplimiento de esta disposición será sancionado por la Caja de Asistencia Social de la Lotería de Santa Fe.

Respecto a las modificaciones propuestas a la Ley Provincial Nº 11.998 (Ley de Casinos), “queda prohibida la entrada en los Casinos y Bingos a personas menores de 18 años y de toda persona inscripta en el Registro de Autoexclusión”. Además, “…en todo el territorio provincial, el horario máximo permitido para el funcionamiento de Bingos y Casinos será de 18:00 a 04:00 h durante los días de semana, y de 13:00 a 05:00 h los fines de semana, feriados y vísperas de feriado”.

Otro de los puntos del proyecto indica: “Queda prohibida toda forma de promoción en virtud de la cual se otorguen premios o descuentos en función de la frecuencia del juego o monto apostado”, como así también “…la inclusión de imágenes o alusiones al destino de las utilidades que percibe el Estado de acuerdo a las Leyes Provinciales Nº 8.289 y Nº 11.998 y sus modificatorias en las estrategias publicitarias para la promoción de los distintos juegos de azar, sean éstas realizadas por la Lotería de Santa Fe o desde los Bingos y Casinos provinciales”.

En el mismo sentido, otro de los artículos propone: “Queda prohibida la instalación de cajeros automáticos, casas de empeño o cambio de valores, tanto dentro de los locales donde funcionen Bingos y Casinos como en un radio de 300 metros de su ubicación”. La presente disposición se comunicará a Municipios y Comunas, autoridades bancarias y toda otra autoridad responsable de la habilitación de dichos establecimientos.

Ver también: Argentina: diputados salteños aprobaron la ley sobre juego responsable

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Argentina Santa Fe