ANESAR destaca los ingresos generados a través de los tragamonedas

ANESAR publicó su informe sobre las tasas fiscales.
ANESAR publicó su informe sobre las tasas fiscales.

La entidad además explicó que no se produjeron excesivos cambios en la tributación especial del juego en las comunidades españolas, con excepción de Baleares.

España.- La Asociación Española de Empresarios de Salones de Juego y Recreativos (ANESAR) puso en línea su informe sobre las tasas fiscales de las máquinas de tipo B y otros juegos autorizados en salones de España y la normativa aplicable.

La entidad destaca que el impuesto especial sobre el juego es, entre otros, uno de los tributos cedidos que contempla la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. A su vez, explica que la capacidad de las Comunidades Autónomas sobre el mismo es amplia y comprende la determinación de exenciones, base imponible, tipos de gravamen, cuotas fijas, bonificaciones y devengo, así como la regulación de la aplicación de los tributos.

En el documento, se precisa que las diversas comunidades fueron modelando su sistema tributario del impuesto especial sobre el juego, convirtiéndose los ingresos por este apartado en una de sus principales fuentes de financiación. La cantidad total que las comunidades obtuvieron de este apartado se configura como una contribución esencial al refuerzo del Estado de Bienestar que se erige de esta manera en un eje básico del sistema tributario.

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Asimismo, se precisa que los años precedentes estuvieron marcados por la pandemia de Covid-19. En el apartado fiscal algunas CCAA, no todas, han realizado algunos ligeros ajustes, todos ellos basados en términos de justicia tributaria. «Sobre este particular, parece que hemos dejado atrás este capítulo que tanta mella ha hecho en nuestras vidas profesionales y personales», se resalta.

Y se añade: «Así, en el año 2023 no se han producido excesivos cambios en lo que a la tributación especial del juego se refiere. La nota negativa la ha puesto Baleares, con un a todas luces injustificado incremento de las tasas de las máquinas de tipo de juego, sin que se haya previsto, además, una modulación de este incremento en base al mantenimiento del empleo o condición similar».

Por el contrario, la Comunidad de Madrid ha reconocido la no procedencia de pagar las tasas en el periodo en el que las máquinas no podían explotarse por motivo del Estado de Alarma. Además, se aprueba el devengo diario en el primer trimestre de autorización de la máquina. En el Principado de Asturias, también en el apartado positivo, se mantiene para el ejercicio 2023 la regulación excepcional de la liquidación y pago de la tasa fiscal.

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Este informe se refiere a la tributación especial de los juegos que pueden ser explotados en los salones de juego; como son de manera principal las máquinas de juego así como las apuestas deportivas, y en menor medida otros juegos.

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ANESAR España