AFIP reglamentó el impuesto sobre las apuestas
El organismo de recaudación tributaria publicó la determinación, ingreso, formas, plazos y demás condiciones en el Boletín Oficial.
Argentina.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó este martes en el Boletín Oficial la reglamentación sobre el recientemente introducido impuesto específico sobre la realización de apuestas. En el comunicado señala que la presentación deberá ser quincenal y que “se considerará que en el valor de cada apuesta que efectúe el apostador se encuentra incluido el gravamen”.
La Resolución General 4036-E indica que “los sujetos que se encuentran inscriptos en el ‘Registro de Operadores de Juegos de Azar’ (…) con código de caracterización 202 o 204 serán dados de alta de oficio en el impuesto específico sobre la realización de apuestas por esta Administración Federal. Caso contrario, deberán solicitar el alta en el gravamen, de acuerdo con el procedimiento establecido por la Resolución General N° 2.811, su modificatoria y complementaria”.
La reglamentación indica que para determinar el impuesto y para confeccionar y presentar la declaración jugada correspondiente, los interesados deberán ingresar con clave fiscal en el sitio de AFIP y operar con la opción “Impuesto específico sobre la realización de apuestas”. Además, el documento señala que “la obligación de presentar la declaración jurada deberá cumplirse aun cuando no haya impuesto a ingresar en el período de que se trate”.
Las presentaciones deberán realizarse en forma quincenal, siendo el 18 de cada mes el día indicado para el periodo del 1 al 15 y el día 3 del mes siguiente el correspondiente al periodo que abarca entre el 16 y el último día del mes.