Argentina: se espera que la Cámara de Diputados de Santa Fe apruebe hoy el proyecto que legaliza el juego online

Se espera que la Cámara de Diputados de Santa Fe dé media sanción este jueves 30 de noviembre al proyecto.
Se espera que la Cámara de Diputados de Santa Fe dé media sanción este jueves 30 de noviembre al proyecto.

Las apuestas virtuales en la provincia fueron autorizadas en 2020 mediante un decreto y ahora se busca la aprobación del marco regulatorio.

Argentina.- Si bien el juego online es una realidad en la provincia de Santa Fe, el Poder Legislativo de la provincia busca brindar un marco legal a una actividad que se aprobó mediante un decreto del gobernador saliente, Omar Perotti, durante la pandemia de Covid-19 en 2020. 

Se espera que la Cámara de Diputados de Santa Fe dé media sanción este jueves 30 de noviembre a un proyecto de ley que regula «el desarrollo y explotación de los juegos de azar y apuestas deportivas online o por plataformas virtuales en la provincia». 

El proyecto ingresó con el impulso del diputado radical Fabián Bastía, quien el 10 de diciembre asumirá como ministro de Gobierno de Maximiliano Pullaro, gobernador electo, quien brinda su apoyo al proyecto, según informa el medio local Letra P. 

En definitiva, el proyecto apunta a legalizar el juego online en la provincia y lo hace por una ley autónoma, diferente a la que regula las concesiones de los casinos y juegos de lotería en la provincia.

En la práctica, gran parte del juego online en Santa Fe está concesionado desde 2020, cuando con la excusa de la pandemia la imposibilidad de actividades presenciales y de combatir el juego clandestino, el gobernador Omar Perotti hizo una adjudicación directa vía decreto a los tres operadores de casinos físicos autorizados oficialmente: Casino Puerto Santa Fe SA de la capital, el City Center de Rosario y el Casino Melincué SA de la ciudad homónima.

Los dos primeros son controlados por la argentina Boldt SA y la española Invergaming Grup S.L., mientras que el Rosario Casino Center es propiedad de la catalana Cirsa, Ricardo Benedicto y otros socios minoritarios.

El decreto 998/20 los autorizó a llevar a plataformas digitales los mismos juegos que explotan de forma física y con eso intentó justificar que se trataba de una extensión de la concesión de los casinos físicos y no una nueva concesión.

En ese momento estalló una polémica que escaló hasta el Tribunal de Cuentas quien concluyó que “la ley vigente en Santa Fe no contempla el juego online”, por lo tanto “el decreto excede las autorizaciones previstas en la ley, en virtud de que el Poder Ejecutivo no se halla facultado para autorizar el desarrollo de la actividad mediante el dictado de una norma de menor rango”. A esto se sumó una denuncia penal del bloque de la UCR que preside el propio Pullaro por tratarse de “un decreto ilegal” y “un acto ilícito”. 

El proyecto de Bastía al que accedió Letra P tiene por objeto «la regulación de la actividad de juegos de azar y apuestas deportivas y/o pronósticos deportivos en línea y/o con modalidad virtual». Excluye «aquellos juegos que incluyan la realización de sorteos físicos, como la Tómbola, Quiniela y demás juegos lotéricos»,

Lo que hace la norma es «ampliar las licencias vigentes de los actuales concesionarios de casinos a la modalidad online pero solo en relación a los juegos ya autorizados en las salas físicas, por un plazo coincidente a la concesión vigente”. Es decir, cuando venza la concesión del casino físico, otro tanto ocurrirá con la licencia virtual. El canon a pagar por las concesionarias es «como mínimo 15 por ciento de los resultados brutos«, según la iniciativa legislativa.

La novedad de la ley radica en el artículo 8° y «la habilitación de las apuestas deportivas y/o pronósticos en línea». Establece que la autoridad de aplicación –será la Caja de Asistencia Social Lotería de Santa Fe– «puede desarrollar una plataforma en línea propia, o hacer una licitación pública nacional e internacional». Y aclara: «Si a los 180 días de promulgada la presente la autoridad de aplicación no hubiera implementado en forma propia la explotación, deberá llamar a proceso licitatorio».

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