República Dominicana prohíbe nuevas bancas y da 30 días para declarar irregularidades

República Dominicana prohíbe nuevas bancas y da 30 días para declarar irregularidades

La Dirección General de Juegos de Azar puso en marcha su actividad con dos resoluciones que refuerzan la fiscalización del sector. 

Datos clave: 

  • La DGJA de República Dominicana inició operaciones con dos resoluciones para regular el mercado de juegos de azar.
  • La Resolución 01-2026 prohíbe abrir nuevas bancas, agencias y puntos de venta en las condiciones alcanzadas por la medida.
  • Los operadores tienen 30 días calendario para declarar establecimientos irregulares mediante declaración jurada.
  • La DGJA podrá investigar denuncias por premios impagos, fraude y operaciones sin autorización.
  • Los establecimientos que incumplan la normativa podrán ser clausurados y recibir sanciones administrativas, además de eventuales acciones penales o tributarias.

República Dominicana.- República Dominicana puso en marcha una nueva etapa de control del mercado de juegos de azar con dos resoluciones de la Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), que restringen la apertura de nuevos establecimientos y establecen un plazo extraordinario para informar sobre puntos de venta irregulares. Las medidas buscan avanzar en la regularización del sector, reforzar la fiscalización de los operadores y mejorar el control sobre las actividades y tecnologías utilizadas en la industria.

Cabe recordar que la DGJA fue creada en el marco de la Ley 86-26, promulgada la semana pasada, con el objetivo de iniciar una nueva etapa regulatoria e institucional para el mercado de juegos de azar. Teófilo «Quico» Tabar Manzur fue designado director general del organismo.

En primer lugar, la Resolución 01-2026 establece la prohibición de abrir nuevos establecimientos de juegos de azar y de instalar máquinas de venta de lotería en lugares no permitidos por la legislación. Además, exhorta al cierre voluntario de los negocios que incumplan las disposiciones y advierte que, una vez comprobada una infracción, las sanciones podrán extenderse a otros establecimientos, negocios vinculados y sorteos de lotería del operador involucrado, cuando corresponda legalmente.

El documento también contempla la creación de un sistema de recepción y atención de denuncias y reclamos. A través de este mecanismo, la DGJA podrá investigar posibles irregularidades relacionadas con la falta de pago de premios, prácticas fraudulentas y operaciones sin autorización. Las investigaciones podrán iniciarse de oficio o a partir de denuncias documentadas, sin que sea necesaria una inspección presencial previa.

Además, se dispuso la creación de un Comité Ad Hoc de apoyo técnico y consultivo, compuesto por hasta siete funcionarios, a fin de agilizar el flujo de expedientes y solicitudes en curso.

En materia de control tecnológico, la resolución establece un plazo de 30 días calendario para que consorcios, concesionarias y operadores identifiquen formalmente a sus programadores, desarrolladores y proveedores de software, con el objetivo de incorporarlos al esquema de fiscalización pública.

Plazo para la regularización

Por su parte, la Resolución 02-2026 establece medidas para dar continuidad al Plan de Regularización de los Juegos de Azar y avanzar en su conclusión. La disposición otorga un plazo extraordinario e improrrogable de 30 días calendario, contado desde la emisión de la resolución, para que los operadores informen voluntariamente, mediante declaración jurada, sobre establecimientos que hayan sido instalados de forma irregular o fuera de los plazos establecidos.

La declaración también podrá incluir situaciones en las que un mismo local opere distintas modalidades de apuestas que requieran licencias o permisos diferenciados. La información recibida será evaluada por una mesa técnica de análisis y conciliación, creada para abordar los conflictos que afectan a los distintos segmentos de la industria.

La resolución advierte que los establecimientos que hayan comenzado a operar después de los plazos legales y sin la autorización correspondiente podrán ser clausurados y recibir las sanciones administrativas previstas en la normativa vigente, sin perjuicio de eventuales acciones penales o tributarias.

Asimismo, las disposiciones contemplan la remisión provisional y condicionada a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de información sobre los operadores incluidos en el proceso de regularización y actualización de datos, para los fines tributarios correspondientes.

La nueva Ley de Juegos de Azar busca ordenar el sector, establecer reglas claras para los operadores, proteger a los usuarios, especialmente a los menores de edad, prevenir el fraude, el lavado de activos y las conductas adictivas, además de garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué prohíben las nuevas resoluciones sobre juegos de azar en República Dominicana? La Resolución 01-2026 prohíbe la apertura de nuevos establecimientos de juegos de azar y la instalación de máquinas de venta de lotería en lugares no permitidos por la legislación.
  • ¿Cuánto tiempo tienen los operadores para regularizar establecimientos irregulares? La Resolución 02-2026 concede un plazo extraordinario e improrrogable de 30 días calendario para declarar esos establecimientos mediante declaración jurada.
  • ¿Qué sanciones pueden recibir las bancas de juego que incumplan la normativa? Los establecimientos no autorizados podrán ser clausurados y recibir sanciones administrativas, sin perjuicio de eventuales acciones penales o tributarias.
  • ¿Qué función tendrá la Dirección General de Juegos de Azar? La DGJA tendrá a su cargo la fiscalización del sector, la recepción e investigación de denuncias y el seguimiento de los procesos de regularización de operadores y establecimientos.


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