Perú endurece controles sobre casinos y apuestas online para prevenir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo
Una resolución de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP amplía por primera vez las exigencias a plataformas de juego a distancia, obliga a eliminar el anonimato de los usuarios y establece sanciones más severas para incumplimientos, en línea con estándares internacionales.
Perú.- La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) oficializó la entrada en vigencia de una nueva normativa que refuerza los controles para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo en el sector del juego en Perú, incluyendo tanto operaciones presenciales como online.
La Resolución SBS N.º 01015-2026, publicada el 8 de abril, introduce obligaciones más estrictas para operadores de casinos, máquinas tragamonedas y, por primera vez, plataformas de apuestas deportivas y juegos a distancia. La medida busca alinear al país con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), reemplazando el marco regulatorio anterior.
Uno de los principales cambios es la exigencia de implementar un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo (SPLAFT) adaptado a los riesgos específicos de cada operación, tanto en entornos físicos como digitales. Además, la norma obliga a las empresas a capacitar anualmente a su personal en la detección de actividades sospechosas y a documentar estos procesos desde el inicio de la relación laboral.
El nuevo régimen también elimina las apuestas anónimas. Los operadores deberán aplicar políticas de debida diligencia para identificar a clientes, beneficiarios finales, empleados y proveedores, incluyendo controles reforzados para perfiles de mayor riesgo, como personas expuestas políticamente.
En materia de monitoreo, se establece la obligación de llevar un Registro de Operaciones (RO) que incluya transacciones relevantes especialmente aquellas que superen los US$2.500. Estos registros deberán conservarse por al menos cinco años y estar disponibles para la Unidad de Inteligencia Financiera del Peru (UIF-Perú) y el regulador.
Asimismo, las empresas deberán reportar operaciones sospechosas en un plazo máximo de 24 horas mediante plataformas como ROSEL, respaldando cada caso con documentación adecuada para su revisión.
La supervisión y eventual sanción de incumplimientos correrá por cuenta de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) del Perú, autoridad encargada de otorgar licencias al sector.
El régimen sancionador también se endurece, estableciendo infracciones leves, graves y muy graves, con multas que pueden alcanzar hasta 8 Unidades Impositivas Tributarias, aproximadamente S/44.000 (US$12.830) en 2026. Entre las faltas más severas figuran no reportar operaciones sospechosas, no verificar listas internacionales como las del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y no ejecutar el congelamiento de fondos ordenado por la UIF.
Finalmente, la normativa incorpora nuevas exigencias para grupos económicos, que deberán implementar políticas corporativas de prevención, mecanismos de intercambio de información y designar oficiales de cumplimiento a nivel corporativo.