Paraguay publica el decreto que reglamenta la nueva ley de juego

Paraguay publica el decreto que reglamenta la nueva ley de juego

Como parte de la nueva normativa, se crea la Dirección General de Juegos de Azar.

Paraguay.- Luego de varios meses de expectativa, Paraguay finalmente reglametó la Ley Modificatoria de Juegos de Azar, que permitirá ampliar el mercado y le dará mayor dinámica a la gestión de la Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar).

El Decreto 3846 reglamenta la Ley 7438/2025, que modifica y amplía la Ley 1016/1997 que establece el régimen jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar. La normativa crea la Dirección General de Juegos de Azar y formaliza la integración de la Conajzar a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), lo que permitirá mayor capacidad para fiscalizar y sancionar irregularidades en el sector de apuestas.

Según el documento, la reglamentación permitirá “la aplicación e implementación efectiva en la práctica de las disposiciones de la nueva ley, para propiciar un marco regulatorio y de aplicación más moderno, transparente, eficiente y efectivo en materia de juegos de azar, todo ello en beneficio del desarrollo de esta actividad al tiempo de respetar las necesidades del bien común y los derechos de la ciudadanía en general”.

Uno de los aspectos más destacados de la normativa es la eliminación del monopolio en la concesión de permisos para juegos como la quiniela y las apuestas deportivas, permitiendo la participación de hasta tres operadores por modalidad de juego. Los nuevos pliegos técnicos serán estrictos para garantizar transparencia.

La DNIT designará a los funcionarios que prestarán asistencia y acompañamiento para las tareas propias de la Conajzar, de acuerdo con las necesidades organizacionales, disponibilidad presupuestaria y de capital humano.

De acuerdo al decreto, la Conajzar será integrada por un representante de la DNIT, quien presidirá la comisión, un representante de las gobernaciones, un representante de las municipalidades, un representante del Ministerio del Interior y un representante de la Dirección de Beneficencia y Ayuda Social.

Por otro lado, la nueva ley dispone la creación de la Dirección General de Juegos de Azar como órgano técnico que tendrá a su cargo la implementación y ejecución de las políticas, reglamentaciones y controles con relación a la explotación de los juegos de azar regulados por las Leyes 1016/1997, 4716/2012 y 7438/2025. Estará integrada por un director general y su estructura organizacional será dispuesta por el titular de la DNIT. Este director general tendrá el rol de coordinar la ejecución de acciones conjuntas entre Conajzar y la DNIT. 

La Dirección General de Juegos de Azar comunicará a los operadores o concesionarios de juegos de azar el plazo en que deberán adecuarse a los lineamientos generales.

También se estableció que las concesiones de los juegos de azar otorgadas antes de la vigencia de la ley conservarán su plena validez de conformidad con los plazos, condiciones y demás estipulaciones pactadas en los respectivos instrumentos legales.

Óscar Alcides Orué, Director Nacional Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.
Óscar Alcides Orué, Director Nacional Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.

La Conajzar tendrá las siguientes atribuciones: autorizar la explotación de los juegos de azar previstos en la Ley, dentro del ámbito de su competencia; dictar los reglamentos de juegos de azar de explotación nacional a nivel nacional, departamental y municipal; dictar su propio reglamento de funcionamiento como órgano colegiado, estableciendo las reglas y procedimientos para la convocatoria y realización de sus reuniones, el quórum necesario para la adopción de decisiones y los mecanismos de votación; aprobar nuevas modalidades de juegos de azar; elaborar y aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones para las licitaciones o concesiones de los juegos que sean competencia de la Comisión Nacional de Juegos de Azar, a fin de que el Director Nacional de Ingresos; disponer la aplicación de multas, rescisiones o revocaciones de las autorizaciones provisorias y los contratos de concesión otorgados a las personas físicas v/o jurídicas, de conformidad con lo establecido en la ley; entre otras. 

Por su parte, la DNIT tendrá las siguientes atribuciones: Establecer los delineamientos generales para la elaboración de los pliegos de bases y condiciones, así como de los reglamentos de juegos de suerte o azar para su homologación; determinar los casos de incrementos en los cánones, y establecer mecanismos de control y percepción de estos; proponer reformas normativas para mejorar la regulación del sector, optimizando los mecanismos de control y fiscalización.

La DNIT dispondrá la apertura de cuentas bancarias de recaudación y reglamentará el proceso de percepción y el control de los ingresos provenientes de las concesiones y permisos otorgados en el marco de la Ley. Para el efecto, podrá coordinar sus decisiones con el Ministerio de Economía y Finanzas.

La distribución de los ingresos percibidos en concepto de cánones, intereses y otros recursos derivados de la explotación de juegos de azar será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme con lo establecido en el artículo 30 de la Ley N’ 1016/1997, modificado por la Ley N’ 7438/2025. 

En cuanto a las disposiciones generales, el decreto establece que los locales que explotan juegos de azar deberán mantener una distancia mínima de 200 metros de los centros educativos, tales como escuelas, colegios, universidades y otras instituciones de enseñanzas establecidos en las normas que rigen la materia.

Además, otro de los pilares de la normativa es la lucha contra el juego ilegal. La Conajzar, a través de la Dirección General de juegos de Azar, en coordinación con las dependencias competentes de la DNIT, podrá clausurar en forma preventiva e inmediata el local intervenido, así como incautar las máquinas electrónicas, utensilios, enseres, objetos, documentos y todo aquel objeto relacionado con la actividad clandestina, incluyendo implementos, sistemas y accesorios informáticos o de cualquier otra naturaleza.


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