Juego online y apuestas deportivas en Perú: ya hay más de 60 empresas autorizadas para operar

Durante los 30 primeros días de entrada en vigencia de la ley, se presentaron 145 solicitudes de autorización.
Durante los 30 primeros días de entrada en vigencia de la ley, se presentaron 145 solicitudes de autorización.

Las licencias son otorgadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Perú.- A más de seis meses de la entrada en vigencia de la Ley N° 31557, que Regula la Explotación de los Juegos a Distancia y Apuestas Deportivas a Distancia en Perú, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de Perú (Mincetur) informó que un total de 67 marcas han recibido una autorización para explotar el mercado de manera regulada.

De acuerdo al reporte actualizado de Titulares de Autorización de Explotación, las 67 marcas autorizadas corresponden a 64 empresas.

A fines de marzo de este año, se inició el proceso para que los distintos operadores, tanto locales como internacionales, pudieran solicitar su licencia. 

Mincetur, el organismo encargado de regularizar el juego online, abrió los plazos para recibir las solicitudes de autorización correspondientes. Desde entonces, los operadores debían cumplir con una serie extensa de pasos, incluyendo la presentación de la documentación, registros, y otros requisitos exigidos. Mincetur evaluó minuciosamente cada uno de los casos y otorgó la licencia si todo estaba en orden. También podía exigir modificaciones, solicitar más documentación, o simplemente rechazar la solicitud.

Durante los 30 primeros días de entrada en vigencia de la Ley N° 31557, 145 solicitudes de autorización fueron presentadas por empresas nacionales e internacionales para participar de esta actividad.

Además, se informó que durante ese período, también se registraron 144 proveedores de servicios vinculados y se acreditaron siete laboratorios de certificación internacional, asimismo, los proveedores presentaron 184 solicitudes de homologación de plataformas tecnológicas, programas de juego, sistemas progresivos y modalidades de juego.

Ver también: 36 locales de apuestas fueron intervenidos en Perú: la SUNAT denunció deudas al Estado por más de USD6.8m

Sobre la ley

La Ley 31557 señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia. 

El dispositivo legal sostiene que solo pueden participar de esta actividad aquellas personas naturales mayores de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registradas previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas.

En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estas podrán estar ubicadas en un local exclusivo de esta actividad u otras que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios. 

Sobre las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas. 

Las empresas autorizadas desde 1 de abril están afectadas por el impuesto a los juegos y a las apuestas deportivas a distancia. Dicho impuesto es del 12 por ciento sobre sus ingresos.

Se estima que en virtud de esta norma el Estado Peruano podrá recaudar cerca de S/ 162m (USD43.5m) anuales, a ser invertidos en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental.

Es decir, el monto recaudado se dividirá de la siguiente forma:

  • 20 por ciento constituye ingreso para el Instituto Peruano del Deporte (IPD) Para la promoción y masificación del deporte a nivel nacional.
  • 20 por ciento constituye ingresos del Tesoro Público.
  • 20 por ciento transferido al Ministerio de Salud: Para Salud Mental.
  • 40 por ciento constituye Recursos Directamente Recaudados del Mincetur para labores de control y fiscalización de la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos y/o apuestas deportivas a distancia (25 por ciento) y para la promoción y desarrollo turístico (75 por ciento)
En este artículo:
Mincetur Peru