Perú recibió 145 solicitudes solicitudes de autorización para operar juegos y apuestas online
Lo confirmó el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que regula la actividad.
Perú.- El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews, anunció que durante los 30 primeros días de entrada en vigencia de la Ley N° 31557, que Regula la Explotación de los Juegos a Distancia y Apuestas Deportivas a Distancia, 145 solicitudes de autorización fueron presentadas por empresas nacionales e internacionales para participar de esta actividad.
Además, informó que durante ese periodo, también se registraron 144 proveedores de servicios vinculados y se acreditaron siete laboratorios de certificación internacional, asimismo, los proveedores presentaron 184 solicitudes de homologación de plataformas tecnológicas, programas de juego, sistemas progresivos y modalidades de juego.
En un comunicado del Mincetur, explicaron que estas empresas presentaron su solicitud para formalizarse y obtener la autorización correspondiente para poder seguir funcionando en el Perú, y lo definieron como “una clara muestra que la regulación de esta actividad ha sido exitosa”.
En ese sentido, el titular del Mincetur destacó que la entrada en vigencia de la Ley N° 31557 y su reglamento “permitirá brindar seguridad al apostador con políticas de juego responsable”. También, la formalización de la actividad generará un “movimiento económico regulado y con pago de impuestos”.
“Este es un importante paso que realiza el Perú para regular esta actividad, no solo por el movimiento económico que genera y la recaudación que tendrá, también por la necesidad de darle seguridad a los ciudadanos que ingresan y usan estas aplicaciones”, explicó el ministro Juan Carlos Mathews.
El funcionario, además, agregó que el último 13 de marzo se cerraron las solicitudes de autorización, para aquellas empresas que venían operando antes de la entrada en vigencia de la Ley. Por ello, aquellas empresas que continúen ofreciendo este tipo de servicio y no se encuentren autorizadas serán pasibles a una sanción no menor a 150 UIT, y además una denuncia penal e inhabilitación para ejercer esta actividad.
En el comunicado oficial recordaron que el 20 por ciento de los ingresos provenientes del impuesto a los juegos y apuestas deportivas a distancia constituye ingreso para la promoción y masificación del deporte a nivel nacional (Instituto Peruano del Deporte – IPD), lo que permitirá fortalecer al deporte nacional de cara a los Juegos Panamericanos Lima – 2027.
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Sobre la ley
La Ley 31557 señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
El dispositivo legal sostiene que solo pueden participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas.
En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estas podrán estar ubicadas en un local exclusivo de esta actividad u otras que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios.
Sobre las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas.
Es importante precisar que las empresas autorizadas a partir del próximo 1 de abril estarán afectadas por el impuesto a los juegos y a las apuestas deportivas a distancia. Dicho impuesto será del 12 por ciento sobre sus ingresos. Cabe destacar que el dinero ganado como premio se cobrará de manera íntegra y que el impuesto aplicará únicamente a las empresas.
Además, en el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la SBS.
Por otro lado, las autoridades aclararon que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.
Se estima que en virtud de esta norma el Estado Peruano podrá recaudar cerca de S/ 162m (USD43.5m) anuales, a ser invertidos en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental.
Es decir, el monto recaudado se dividirá de la siguiente forma:
- 20 por ciento constituye ingresos del Tesoro Público.
- 20 por ciento transferido al Ministerio de Salud: Para Salud Mental.
- 40 por ciento constituye Recursos Directamente Recaudados del Mincetur para labores de control y fiscalización de la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos y/o apuestas deportivas a distancia (25 por ciento) y para la promoción y desarrollo turístico (75 por ciento)
- 20 por ciento constituye ingreso para el Instituto Peruano del Deporte (IPD) Para la promoción y masificación del deporte a nivel nacional.