España: rechazan la instalación de un nuevo casino en Palma
El Tribunal de Justicia desestimó definitivamente el recurso presentado por la compañía de juego, cuya licencia había sido denegada por incumplir una ordenanza municipal.
España.- El nuevo Plan General de Ordenamiento Urbano es uno de los temas que genera debate en las Islas Baleares. Sin embargo tiene un punto en el que la mayoría concuerda: las estrictas restricciones para abrir salas de juego.
Dentro de este marco, el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB) acaba de fallar en contra de una empresa que proyectaba abrir un casino en el emblemático Bingo Teatro Balear de Palma.
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El Tribunal desestimó definitivamente el recurso contencioso administrativo que había presentado la empresa contra la Gerencia de Urbanismo, que había denegado la solicitud de la licencia para el casino debido a que no cumplía la ordenanza municipal del centro histórico de la ciudad.
Desde la Corte no precisaron si este veredicto pondrá punto final a este litigio judicial que lleva años. Según indica la teoría, la empresa aún puede recurrir a la sala Contenciosa del Tribunal Supremo. Sin embargo, tras este nuevo revés sus intenciones no fueron reveladas.
Paralización de las obras
Cabe recordar que el conflicto comenzó en enero de 2015, cuando la Gerencia de Urbanismo ordenó la paralización inmediata de las obras que se estaban realizando en el edificio ya que había emitido un informe expreso denegando los trabajos.
La empresa, entonces, presentó varios recursos en diferentes instancias entre los que destacan uno por la paralización de dichas obras, argumentando silencio administrativo, y otro de alzada por la denegación de la licencia.
Todos ellos, y sus alegaciones, han sido rechazados hasta ahora.
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Restricciones
Recientemente se concocieron los requisitos que el Plan General de Ordenamiento Urbano establecerá para la habilitación y apertura de salones de juegos y apuestas.
La nueva regulación no permitirá que se establezcan esta clase de locales a menos de 500 metros de zonas verdes o instalaciones educativas, sanitarias, asistenciales, socioculturales, multifuncionales o deportivas.
El plan determina que podrá haber hasta tres en un radio de 50 metros, y también un máximo de 30 metros de fachada en este mismo radio (si se suman bares, restaurantes y salas de juego). Mientras que no podrá haber dos establecimientos contiguos.