En qué consiste la ley de deportes actualizada en Ecuador y qué dice sobre los pronósticos y las apuestas
En diciembre de 2025, la Asamblea aprobó la nueva Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, que deberá ser avalada por el Ejecutivo.
Ecuador.- A fines de diciembre de 2025, con 84 votos afirmativos, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la nueva Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, que busca modernizar y transparentar el sistema deportivo del Ecuador, e incluye algunos puntos relativos a los pronósticos deportivos, las apuestas y los esports. La norma unifica 25 proyectos y será enviada al Ejecutivo para su sanción.
El presidente de la Comisión del Derecho a la Salud, Juan José Reyes, explicó los principales cambios incorporados al texto final, resultado de los aportes y observaciones de los asambleístas. En la ley, se define a los operadores de pronósticos deportivos como personas naturales o jurídicas residentes en el Ecuador que desarrollan esta actividad económica a través de plataformas digitales autorizadas, conforme a los requisitos establecidos por el ente rector del deporte.
Según el texto de la ley aprobada, se entienden por pronósticos deportivos aquellas predicciones realizadas sobre los resultados de uno o varios eventos deportivos, ya sea sobre los resultados de competiciones deportivas, sobre hechos y circunstancias relacionados con dichos eventos.
El artículo 218 indica: «Todos los jugadores para participar deberán ser identificados y verificados; no se permitirán pronósticos anónimos. Los operadores deberán asegurar la trazabilidad de las operaciones en todos los canales, de modo que cada apuesta, recarga, pago o cobro de premios quede registrado y vinculado a un usuario identificado y verificable, el cual deberá operar conectado y registrado en el sistema del operador conforme a la regulación aplicable».
De esta forma, se establece una prohibición expresa del anonimato en la participación en pronósticos deportivos. Esta exigencia impide la realización de apuestas anónimas y obliga a que cada usuario cuente con un perfil plenamente identificable, reforzando la trazabilidad total de operaciones.
Los operadores deben asegurar que cada apuesta, recarga, pago o cobro de premios quede registrado y vinculado a un usuario identificable. Además, las plataformas deben operar conectadas y registradas en el sistema del operador conforme a la regulación aplicable.
Por otra parte, en el artículo 219 se establece la prohibición de que organizaciones deportivas, dirigentes deportivos, jugadores y entrenadores participen directa o indirectamente en pronósticos deportivos relacionados con el deporte en el que tienen influencia o relación.
Tampoco podrán participar dirigentes deportivos que mantengan intereses financieros, participación accionaria o vínculos comerciales con operadores de pronósticos deportivos. “Esta prohibición se extiende también a sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad”, agrega el texto.
El texto establece la incorporación expresa del deporte electrónico como subsistema del Sistema Deportivo Nacional. Jurisdicciones como Francia, Alemania, Corea del Sur y España han reconocido que los esports ya no son una actividad lúdica aislada, sino una industria con contratos laborales, derechos de imagen, patrocinio, transmisión y fiscalidad propia, que previene litigios laborales, disputas sobre derechos de imagen, vacíos en materia de responsabilidad civil y conflictos de propiedad intelectual derivados de su crecimiento acelerado.
El proyecto consta de 282 artículos, 18 disposiciones generales, 16 transitorias, dos reformatorias, una derogatoria y una disposición final. Propone derogar la normativa vigente y otorgar jerarquía de ley orgánica al derecho al deporte, regulándolo de manera integral conforme a la Constitución y a los estándares internacionales de derechos humanos. “Su finalidad es promover y desarrollar el deporte, la educación física y la recreación mediante un Sistema Deportivo Nacional articulado, basado en principios de equidad, inclusión, transparencia y accesibilidad, y con un Estado garante de estos derechos”, aseguraron desde la Asamblea Nacional.