El proyecto que legaliza los juegos de azar en Brasil está nuevamente en el orden del día de la Comisión de Justicia del Senado
Luego de su postergación la semana pasada, el Proyecto de Ley 2.234/22 volvió a ser incluido en la pauta de temas a tratar por la Comisión este miércoles.
Brasil.- El presidente de la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado, Davi Alcolumbre volvió a proponer el Proyecto de Ley 2234/22, que legaliza los casinos en balnearios, complejos turísticos y fluviales, bingo, jogo do Bicho y juego online para la reunión de este miércoles 24 de abril, a las 10 horas, en el 3er Plenario del Ala Senador Alexandre Costa. El proyecto de ley es el quinto punto de la agenda de votaciones del cuerpo, que tiene 20 propuestas para analizar. La propuesta ya cuenta con el dictamen favorable del senador relator Irajá Silvestre
La propuesta, que cuenta con el dictamen favorable del senador relator Irajá Silvestre, ya estaba en la agenda de la CCJ el 29 de noviembre de 2023 y el pasado miércoles 17 de abril y no fue considerada debido al final de la reunión y a retirarse del orden del día a petición del relator, senador Irajá.
Si la CCJ aprueba el PL 2234/22, la propuesta pasará al pleno del Senado. Si hay un cambio en el texto, el asunto vuelve a la Cámara, pero si no hay cambio, el proyecto pasa a la aprobación presidencial.
En su informe, Irajá descartó como “concepto jurídico indeterminado” el de la ofensa a la moral y a las buenas costumbres, utilizado como argumento contra los juegos de azar, y destacó que el proyecto trata de pasar al control del Estado una práctica que hoy constituye una contravención. Citando estadísticas sobre el mercado de apuestas legales o ilegales, Irajá concluye que “los juegos de azar ya constituyen una actividad económica relevante”.
El texto autoriza la instalación de casinos en polos turísticos o en complejos integrados de ocio, con un límite de un casino por estado y en el Distrito Federal, con excepción de São Paulo, que podría tener hasta tres casinos, y de Minas Gerais, Rio de Janeiro, Amazonas y Pará, en los que el límite previsto para cada estado es de dos casinos.
Según la propuesta, también podrán funcionar salas de juego en embarcaciones marítimas y fluviales, que seguirán reglas específicas. El casino deberá demostrar un capital social mínimo integrado de al menos R$ 100m (USD 19m) y podrá ser acreditado por 30 años.
La proposición también establece reglas para el juego de bingo en modalidades de cartón y electrónico, y permite en cada estado la acreditación de una persona jurídica por cada 700,000 habitantes para la explotación del “jogo do bicho”.
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En este caso, las autorizaciones tendrán una validez de 25 años, renovables por igual período. Las carreras de caballos podrán ser explotadas por entidades turfísticas acreditadas en el Ministerio de Agricultura, que también podrán explotar, al mismo tiempo, juegos de bingo y video bingo.
Enmiendas rechazadas
El relator Irajá Silvestre rechazó las enmiendas ofrecidas por los senadores y propuso una enmienda de redacción sustituyendo las menciones al “Ministerio de Economía” por el “Ministerio de Hacienda”. Entre el resto de las enmiendas al proyecto que fueron rechazadas se encuentran:
- Enmienda Nº 1 presentada por el senador Jorge Kajuru: modifica la redacción de los incisos 3º y 4º del art. 45 para establecer reglas y mecanismos de control adicionales para evitar que las instituciones financieras, instituciones de pago y cualesquiera participantes en acuerdos de pagos y transferencias autoricen transacciones relacionadas con la participación en juegos electrónicos de azar, administrados por empresas no autorizadas por esta Ley.
- Enmienda Nº 2 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 116, en los delitos contra juegos de azar y apuestas, para excluir la expresión “tarjeta de crédito” y sustituirla por la expresión “con el uso de cualquier medio de pago”.
- Enmienda Nº 3 del senador Jorge Kajuru: cambia la redacción del art. 46 para aclarar que una transacción realizada con una tarjeta de débito es una transacción de cuenta de depósito a la vista.
- Enmienda Nº 4 del senador Carlos Viana: elimina del texto los incisos I y V del art. 8º, que admiten la práctica y explotación de juegos de casino y Jogo do Bicho en el país.