El Ministerio de Consumo español subvencionará investigaciones sobre la prevención de trastornos del juego
El Ministerio de Consumo destinará EUR1.6m para financiar investigaciones sobre prevención de trastornos del juego.
España.- El Ministerio de Consumo destinará EUR 1.6m a financiar investigaciones relacionadas con la prevención de los posibles trastornos del juego, los efectos derivados de dichos trastornos o los riesgos asociados a esta actividad.
Este martes se publicó en el Boletín Oficial el extracto de la Orden de convocatoria para subvenciones durante el ejercicio 2023. El plazo de solicitud estará abierto hasta el próximo 18 de mayo, y podrán solicitarse a través de la sede electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego.
La concesión de estas subvenciones, dotadas de EUR1.680.000, se hará en régimen de concurrencia competitiva, y el plazo de ejecución de los proyectos beneficiarios se extenderá hasta el próximo 30 de junio de 2024.
Según el documento, los proyectos a financiar se articularán en torno a líneas de investigación ligadas a la detección temprana de participantes con un comportamiento de juego “de riesgo o de mayor gravedad”, daño individual, familiar o social “asociado” a las actividades de juego en relación a salud personal, impacto emocional o psicológico, dificultades financieras, afectación laboral o de formación académica, dificultades en las relaciones sociales y problemas legales.
En paralelo, también podrán ser financiadas investigaciones sobre mecanismos, instrumentos o procesos de “minimización” de las “consecuencias negativas asociadas a las actividades de juego”; relaciones entre el sector de los videojuegos y el de las actividades de juego; características estructurales de las loterías, los juegos de azar, el poker y/o las apuestas e impacto de género en los comportamientos de “juego de riesgo o de mayor gravedad”.
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Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, siempre que su residencia fiscal se encuentre en España o dispongan de un establecimiento “permanente” en territorio español, centros públicos de investigación, entendiendo como tales las universidades públicas, sus institutos universitarios y centros adscritos; las entidades o instituciones sanitarias públicas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud y otros centros públicos de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+I), con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
Junto a ellos, también podrán concurrir a la convocatoria centros privados de investigación, entendiendo por estos las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, así como centros privados de I+D+i con personalidad jurídica propia, que tengan definida en sus estatutos, en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal e instituciones sanitarias privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividades de I+D+i.
Además, también podrán solicitar subvenciones entidades sin fines de lucro cualquiera que sea su naturaleza jurídica, siempre que, de forma acumulativa, tengan entre sus objetivos la realización de actividades de investigación o la “amplia” difusión de los resultados obtenidos en esta clase de actividades, colaboren con los centros de investigación, públicos o privados, mediante una colaboración “formalizada” y no formen parte de sus órganos de gobierno operadores que organicen, celebren o exploten las actividades de juego definidas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo.
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