La DGJA dominicana sancionará bancas de apuestas sin autorización

La DGJA dominicana sancionará bancas de apuestas sin autorización

La autoridad también contempla medidas contra las concesionarias de loterías privadas involucradas, incluida la suspensión de inspectores en sus sorteos. La advertencia se apoya en la Ley 86-26, que establece el marco sancionador del sector.

República Dominicana.- La Dirección General de Juegos de Azar (DGJA) anunció que aplicará sanciones a quienes instalen u operen bancas de apuestas sin autorización, y que también tomará medidas contra las concesionarias de loterías privadas que participen en esas irregularidades. La advertencia se produce en el marco de la aplicación de la Ley 86-26 y de las primeras resoluciones del organismo, orientadas a regularizar los puntos de venta y reforzar el control sobre el mercado de juegos de azar.

La institución señaló que también adoptará acciones contra las concesionarias de loterías privadas si se comprueba su participación en estas prácticas irregulares. Entre las medidas previstas figura la suspensión del envío de inspectores a los sorteos organizados por las empresas o entidades vinculadas que incurran en estas faltas. Asimismo, de ser necesario, podrá disponer la suspensión provisional correspondiente, con fundamento en el régimen sancionador establecido en la Ley 86-26.

La advertencia busca reforzar el cumplimiento de las normas sobre autorización y funcionamiento de las bancas de apuestas, así como establecer consecuencias claras para los operadores que incumplan las disposiciones legales.

En paralelo, la DGJA recordó que la mesa de trabajo integrada por miembros de Fanabanca y representantes de las concesionarias de loterías privadas podrá recibir autorización para desarrollar acciones conjuntas. Estas iniciativas estarían orientadas a identificar y adoptar las medidas necesarias para solucionar las violaciones que pudieran producirse dentro del propio sector.

La advertencia se enmarca en el proceso de ordenamiento del mercado de juegos de azar iniciado tras la promulgación de la Ley 86-26, que creó la DGJA bajo la dirección de Teófilo “Quico” Tabar Manzur. En sus primeras resoluciones (01-2026 y 02-2026), el organismo prohibió la apertura de nuevos establecimientos de juegos de azar y otorgó un plazo de 30 días calendario para que los operadores declaren voluntariamente, mediante declaración jurada, los puntos de venta instalados de forma irregular. Las mismas resoluciones contemplan la posibilidad de clausura, sanciones administrativas y eventuales acciones penales o tributarias contra quienes operen fuera de la normativa.

Con estas medidas, la DGJA reitera su disposición a aplicar el marco legal vigente y promover la coordinación entre los actores del sector para enfrentar las irregularidades en la instalación y operación de bancas de apuestas.

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