Colombia: declaran que las sanciones por juego ilegal son aplicables aunque no haya vinculación del propietario

Un tribunal revocó la sentencia de un juez de primera instancia.
Un tribunal revocó la sentencia de un juez de primera instancia.

El Tribunal Superior de Buga-Valle reafirma en su fallo que no es necesaria la vinculación del propietario del establecimiento de comercio para la validez de la sanción impuesta por operación ilegal de juegos de suerte y azar.

Colombia.- De acuerdo con un fallo emitido por un tribunal de justicia del distrito de Buga, ubicado en el departamento colombiano del Valle del Cauca, no es necesaria la vinculación del propietario de un establecimiento de comercio para la validez de la sanción impuesta por operación ilegal de juegos de suerte y azar.

La sentencia fue dictada por la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes del Tribunal Superior del Distrito de Buga, con fecha 21 de junio de 2022, la cual revocó una tutela concedida por una persona sancionada por operación ilegal de juego por un juez de primera instancia.

Según expresó la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos) en un comunicado este miércoles, en dicho fallo de primera instancia, el juez “consideró vulnerado el debido proceso por no haberse adelantado el proceso sancionatorio en contra del propietario del establecimiento de comercio, según los descargos que presentó en su momento el sancionado”.

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“La ausencia del requisito de subsidiariedad, en la esfera negativa, y la falta de argumentación y de prueba para darlo por establecido, no permite a la Sala avalar lo decidido por el juzgado de instancia”, se lee en la sentencia, firmada por los magistrados Héctor Moreno Aldana, María Balanta Medina y Juan Santacruz López.

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