Brasil: el gobierno creó la Secretaría de Premios y Apuestas
Lula da Silva firmó el decreto para la creación de esta nueva estructura gubernamental que estará dentro del Ministerio de Hacienda.
Brasil.- El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Unión el decreto Nº 11.907 firmado por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva que crea la Secretaría de Premios y Apuestas en la estructura del Ministerio de Hacienda.
Según la normativa, son competencias de Hacienda: la distribución gratuita de premios con fines publicitarios cuando se realice mediante sorteo, bono regalo, concurso o operación similar y la explotación de loterías, incluidos sorteos y otras modalidades de Loterías realizadas por entidades promotoras de carreras de caballos.
El nombre más mencionado para asumir el cargo de Secretario es el del abogado José Francisco Manssur, actual asesor especial del Secretariado Ejecutivo del Ministerio de Hacienda. Manssur es conocido por ser uno de los creadores del proyecto que dio origen a la ley de la Sociedades Anónimas del Fútbol (SAF).
En la estructura de la Secretaría de Premios y Apuestas estarán subordinadas la Subsecretaría de Autorización, la Subsecretaría de Seguimiento e Inspección y la Subsecretaría de Acciones Sancionatorias. Además de la Secretaría, cada Subsecretaría tendrá un coordinador general y un coordinador. En total, se crearon 38 puestos para la nueva estructura, que se encargarán de operar loterías, sorteos y distribución gratuita de premios. Recordando que en la legislación brasileña las apuestas deportivas fueron legalizadas como una modalidad de lotería de apuestas de cuota fija.
Funciones de la Secretaría de Premios y Apuestas
De acuerdo con el reglamento, la Secretaría de Premios y Apuestas será responsable de autorizar, permitir y otorgar, regular, normalizar, vigilar, supervisar, inspeccionar y sancionar los segmentos de distribución gratuita de premios con fines de publicidad, cobro anticipado del ahorro popular, apuestas de cuota fija y toda clase de loterías, incluidos sorteos y otras clases de loterías realizadas por promotores hípicos.
Además, la Secretaría tendrá como finalidad proponer, coordinar y ejecutar, en el ámbito del Gobierno Federal, la política y regulación de las loterías. Coordinar los esfuerzos institucionales al interior del Ministerio para fortalecer la gobernabilidad y la responsabilidad de la acción gubernamental, además de elaborar estudios que apoyen la participación del Ministerio en la formulación de políticas públicas en los foros en los que tiene sede el departamento.
También será responsable de proporcionar los sistemas y demás soluciones tecnológicas de la información necesarias para el desarrollo de sus actividades, iniciar procedimientos administrativos y aplicar sanciones administrativas por infracciones a la ley y establecer normas para preservar el juego responsable, con posibilidad de limitando la cantidad, frecuencia y valores de las apuestas por evento o por apostante.
Subsecretaría de Autorización
Corresponderá a la Subsecretaría de Autorización analizar las solicitudes de autorización para la distribución gratuita de premios, la captación de ahorro popular, la exploración de apuestas de cuota fija y otras modalidades de loterías y sorteos y loterías que realicen los promotores hípicos. También será responsable de apoyar, a través de estudios y análisis técnicos, la formulación de normas relacionadas con las apuestas de cuota fija y otras modalidades de lotería.
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Subsecretaría de Seguimiento e Inspección
La Subsecretaría de Seguimiento e Inspección será responsable de supervisar y desarrollar las acciones de inspección relativas a promociones, exploración de apuestas de contrapartida y otras modalidades de loterías, sorteos y vigilar el cumplimiento de las normas relacionadas con la corrupción, el lavado de activos y otros delitos, en el ámbito de apuestas deportivas, otras modalidades de lotería definidas por la ley, promociones comerciales y cobro anticipado del ahorro popular.
Subsecretaría de Acción Sancionadora
Corresponde a la Subsecretaría de Acción Sancionatoria juzgar los procesos administrativos sancionatorios, en primera instancia, observando los límites y facultades legales e infralegales previstos, los recursos de reconsideración y los pedidos de revisión formulados en dichos procesos, resolviendo, de manera motivada, base, la aplicación de sanciones administrativas o el archivo del proceso, cuando no se establezca la irregularidad, realizando un juicio sobre la admisibilidad de los recursos e instruyendo los expedientes para su presentación a la autoridad superior y proponiendo la firma de un término de compromiso, en conforme a la ley, en cualquier etapa del proceso administrativo hasta que se adopte la decisión de primera instancia.