Argentina: hacen lugar a amparo presentado contra la prohibición a máquinas de video lotería en Metán, Salta

La ordenanza promovida en septiembre en Metán ya quedó sin efecto.
La ordenanza promovida en septiembre en Metán ya quedó sin efecto.

El Concejo Deliberante de Metán dejó sin efecto la ordenanza 4291/23 que prohibía su funcionamiento. La decisión podría sentar jurisprudencia provincial y provocar situaciones similares en otros municipios que se encuentran en situaciones similares.

Argentina.- Trabajadores y empresarios que tienen a su cargo la explotación de las denominadas terminales de video lotería (VLT) en comercios de la localidad de Metán, en el sur de la provincia de Salta, promovieron una acción de amparo a través del cual se exigió que se deje sin efecto la ordenanza 4291/23, la cual prohibía el funcionamiento de estas máquinas en la ciudad. Ahora, luego de que se revirtiera esta situación, el panorama sobre el funcionamiento de las VLT en toda la provincia cambia a futuro.

La norma promulgada el 7 de septiembre de 2023 fue una iniciativa de los ahora exconcejales de SI Salta Independiente. En los considerandos destacaron que existe en Metán una proliferación de máquinas de juegos de azar instaladas en comercios de diversos rubros sin ningún tipo de habilitación. «A estos lugares concurren niños solos o acompañados, y jóvenes menores de edad, que en muchos casos hacen uso de estas máquinas», destacaba la ordenanza que fue derogada ayer por unanimidad por el nuevo Concejo Deliberante.

El proyecto de la ordenanza original fue enviado en su momento al intendente José María Issa, quien decidió hacer una observación y solicitó que se invite al Ente Regulador del Juego de Azar (ENREJA) y a los que tienen a cargo las 55 máquinas que funcionan en 25 comercios. El Concejo anterior rechazó la observación por lo que quedó firme el proyecto y se convirtió en ordenanza. Según detalla el medio local «El Tribuno», muchas de esas máquinas fueron apagadas luego de que entrara en vigencia y los comerciantes fueran notificados al respecto de la norma y las multas en caso de incumplimiento.

Debido al recurso de amparo presentado en el Tribunal de Juicio, Sala II, vocalía 1, a cargo del juez Sebastián Fucho por los que explotan esas terminales de video lotería, el intendente Issa mantuvo una reunión con los amparistas y su representante legal, el abogado, Alberto Javier Alderete. Del encuentro también participó el director legal y técnico de la Municipalidad, Nicolás Ruiz y la actual presidente del Concejo, Romina Barboza.

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Se labró un acta en la que se dejó constancia que la Municipalidad de San José de Metán se allana a la acción de amparo teniendo en cuenta que la ordenanza 4291/23 «resulta ilegítima, arbitraria e inconstitucional al asumir facultades no delegadas y contempladas en el artículo 127, inciso 6, de la constitución de la provincia de Salta que atribuye en forma excluyente e indelegable al poder Legislativo de la provincia la regulación de los juegos de azar en todo el territorio.

Destacaron que la reglamentación le corresponde al Ente Regulador de los Juegos de Azar y que las resoluciones 165/20 y 168/23 dictada por el órgano de control, ENREJA, autoriza la implementación del juego lotérico denominado VLT (Video Lotería) para su comercialización en todo el ámbito de la provincia de Salta.

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