{"id":777101392,"date":"2026-10-08T11:25:55","date_gmt":"2026-10-08T14:25:55","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777101392"},"modified":"2026-10-08T11:26:24","modified_gmt":"2026-10-08T14:26:24","slug":"chile-continuidad-laboral-casinos-operadores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/chile-continuidad-laboral-casinos-operadores","title":{"rendered":"Chile: cambio de operador no permite despedir a trabajadores de casinos"},"content":{"rendered":"\n
La Direcci\u00f3n del Trabajo determin\u00f3 que los contratos y beneficios colectivos vigentes se mantienen autom\u00e1ticamente cuando una nueva empresa asume la operaci\u00f3n de un casino.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Datos clave:<\/strong><\/p>\n\n\n\n Chile.- Chile mantendr\u00e1 la continuidad de los v\u00ednculos laborales cuando un nuevo operador asuma la gesti\u00f3n de un casino de juegos, seg\u00fan un pronunciamiento de la Direcci\u00f3n del Trabajo<\/strong>. El criterio establece que el traspaso de la concesi\u00f3n no permite terminar contratos para volver a contratar al personal, una definici\u00f3n relevante para los pr\u00f3ximos procesos de adjudicaci\u00f3n y renovaci\u00f3n de permisos.<\/p>\n\n\n\n El dictamen, contenido en el Ordinario N.\u00ba 449<\/strong> emitido por el Departamento Jur\u00eddico del organismo, responde a una consulta formal presentada por la sociedad Casino de Juegos del Mar<\/strong>, perteneciente a la Corporaci\u00f3n Meier, en el marco de los procesos de cambio de concesionario en la industria.<\/p>\n\n\n\n Fundamentado en el inciso segundo del art\u00edculo 4\u00b0 del C\u00f3digo del Trabajo, el pronunciamiento aclara que la modificaci\u00f3n total o parcial del dominio, posesi\u00f3n o mera tenencia de una empresa no altera los contratos individuales ni los instrumentos colectivos vigentes<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n En ese sentido, la autoridad laboral descart\u00f3 de forma expresa la posibilidad de que la empresa saliente ponga fin a las relaciones laborales para que el personal sea recontratado posteriormente por la firma adjudicataria. Al operar la continuidad laboral por disposici\u00f3n legal, no resulta necesario celebrar nuevos contratos ni suscribir instrumentos especiales entre las partes, sin perjuicio de que empleadores y trabajadores acuerden una actualizaci\u00f3n documental para consignar el cambio de raz\u00f3n social y la antig\u00fcedad acumulada.<\/p>\n\n\n\n La resoluci\u00f3n enfatiza que la protecci\u00f3n abarca de manera integral los convenios y acuerdos colectivos alcanzados con anterioridad, garantizando la preservaci\u00f3n de los beneficios y condiciones de trabajo preexistentes tras el traspaso de la sala.<\/p>\n\n\n\n Consultada sobre si la antig\u00fcedad acumulada por el personal debe ser evaluada como un costo dentro de las propuestas econ\u00f3micas de los postulantes a una concesi\u00f3n, la Direcci\u00f3n del Trabajo se abstuvo de emitir un pronunciamiento<\/strong>. El organismo fundament\u00f3 su reserva se\u00f1alando que la materia excede las competencias interpretativas que le otorga la legislaci\u00f3n laboral en su art\u00edculo 505.<\/p>\n\n\n\n\n
Alcance para las negociaciones colectivas<\/strong><\/h2>\n\n\n\n
Preguntas frecuentes<\/h2>\n\n\n\n
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