{"id":777073209,"date":"2025-10-02T09:30:06","date_gmt":"2025-10-02T12:30:06","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777073209"},"modified":"2026-04-29T15:39:35","modified_gmt":"2026-04-29T18:39:35","slug":"que-dijo-el-jefe-de-la-division-juridica-de-la-scj-de-chile-acerca-del-fallo-de-la-corte-contra-las-casas-de-apuestas-online","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/que-dijo-el-jefe-de-la-division-juridica-de-la-scj-de-chile-acerca-del-fallo-de-la-corte-contra-las-casas-de-apuestas-online","title":{"rendered":"Qu\u00e9 dijo el jefe de la divisi\u00f3n jur\u00eddica de la SCJ de Chile acerca del fallo de la Corte contra las casas de apuestas online"},"content":{"rendered":"\n
Manuel Z\u00e1rate Campos dijo que el fallo dedica varias p\u00e1ginas haciendo \u00e9nfasis en \u201cla ilegalidad en la que funcionan estas plataformas online\u201d.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Chile.- Luego de que la Corte Suprema<\/strong> acogiera un recurso de protecci\u00f3n interpuesto por Loter\u00eda de Concepci\u00f3n en contra de las empresas de telecomunicaciones Claro, Entel, GTD, Movistar, WOM y VTR, y, ordenase el bloqueo inmediato de las plataformas<\/a> de apuestas en l\u00ednea, Manuel Z\u00e1rate Campos<\/strong>, jefe de la divisi\u00f3n jur\u00eddica de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), dio a conocer su postura sobre qu\u00e9 implica el fallo.<\/p>\n\n\n\n En ese sentido, Z\u00e1rate Campos habl\u00f3 con el medio local Bio Bio y explic\u00f3 que el fallo \u201cratifica, reafirma, que hay un actuar ilegal y arbitrario<\/strong> por parte de seis empresas prestadoras de servicios de internet al negarse a bloquear determinados sitios que ofrecen servicios de apuestas en l\u00ednea, apuestas deportivas o experiencias de casino en el mundo virtual\u201d y dijo: \u201cEl fallo dedica varias p\u00e1ginas en recordarnos la ilegalidad<\/a> en la hoy funcionan estas plataformas online\u201d.<\/p>\n\n\n\n Por otra parte, el jefe de la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica de la SCJ plante\u00f3 que, \u201ctanto en el fallo de septiembre de 2023 como en el de hace dos d\u00edas, la Corte suprema lo que hace es revocar un fallo de, en el primer caso, en 2023, de la Corte de Concepci\u00f3n, y en el segundo caso revoca un fallo de la Corte de Apelaciones<\/a> de Santiago\u201d y agreg\u00f3: \u201cNo acogi\u00f3 los recursos que fueron tambi\u00e9n dirigidos en ambos casos en contra de empresas prestadoras de servicios\u201d.<\/p>\n\n\n\n Z\u00e1rate enfatiz\u00f3: \u201cHay que clarificar que los recursos de protecci\u00f3n no estuvieron interpuestos en contra de las plataformas, sino en contra de las empresas que prestan estos servicios a las plataformas de juego online\u201d.<\/p>\n\n\n\n Asimismo, explic\u00f3 al medio chileno que el fallo \u201cestablece que hoy los juegos online, por regla general, est\u00e1n prohibidos<\/a>, y solamente est\u00e1n autorizadas la Polla Chilena, que promovi\u00f3 el recurso de protecci\u00f3n en 2023, y la Loter\u00eda, que promovi\u00f3 el recurso de protecci\u00f3n que fue fallado hace dos d\u00edas\u201d y continu\u00f3: \u201cLas empresas prestadoras de servicio, seg\u00fan la Corte Suprema, pod\u00edan y deb\u00edan bloquear los servicios que les prestan a estas plataformas\u201d.<\/p>\n\n\n\n Por otra parte, Z\u00e1rate hizo hincapi\u00e9 en que \u201cel fallo se\u00f1ala que estas plataformas que promueven estos contenidos, que son apuestas deportivas o experiencias de casino online, y que no est\u00e1n autorizadas, tienen domicilio en Chile\u201d.<\/p>\n\n\n \u201cSe ha dicho que en esta causa penal se estableci\u00f3 de manera indubitada que la operaci\u00f3n de estas plataformas no era constitutiva de un delito. Eso no es cierto. La decisi\u00f3n que toma el Ministerio P\u00fablico<\/a> no es solicitar un sobreseimiento definitivo porque la conducta no era constitutiva de delito. M\u00e1s bien, lo que hace es tomar una decisi\u00f3n de no perseverar en la investigaci\u00f3n\u201d, detall\u00f3.<\/p>\n\n\n\n En la misma l\u00ednea, explic\u00f3 a B\u00edo B\u00edo que \u201cuno de los motivos que tuvo el Ministerio P\u00fablico<\/a> fue que el \u00e9xito de una investigaci\u00f3n se ve\u00eda dificultado porque estas plataformas no ten\u00edan su funcionamiento radicado en el pa\u00eds. Pero, por otro lado, el fallo nos dice que las recurridas est\u00e1n domiciliadas dentro del territorio\u201d.<\/p>\n\n\n\n En cuanto al tiempo que tendr\u00edan las empresas para cumplir, Z\u00e1rate respondi\u00f3: \u201cLos fallos por regla general se cumplen de manera inmediata\u201d y concluy\u00f3: \u201cEste recurso de protecci\u00f3n se puso en contra de las empresas de prestadores de servicios de internet, que deber\u00edan entender, dado que es una fallo de la Corte Suprema, deber\u00edan hoy mismo estar bloqueando los sitios que fueron identificados en el recurso de protecci\u00f3n interpuesto por la Loter\u00eda\u201d.<\/p>\n\n\n\n
M\u00e1s repercusiones<\/h2>\n\n\n\n