{"id":777046668,"date":"2024-11-07T10:51:21","date_gmt":"2024-11-07T13:51:21","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777046668"},"modified":"2026-04-29T22:17:57","modified_gmt":"2026-04-30T01:17:57","slug":"aval-internacional-tribunal-de-quiebras-en-estados-unidos-reconocio-el-acuerdo-de-reorganizacion-judicial-de-enjoy","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/aval-internacional-tribunal-de-quiebras-en-estados-unidos-reconocio-el-acuerdo-de-reorganizacion-judicial-de-enjoy","title":{"rendered":"Aval internacional: Tribunal de Quiebras en Estados Unidos reconoci\u00f3 el acuerdo de reorganizaci\u00f3n judicial de Enjoy"},"content":{"rendered":"\n
El juzgado con sede en el estado de Nueva York valid\u00f3 el acuerdo.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Estados Unidos.- Enjoy<\/a> inform\u00f3 a trav\u00e9s de un hecho esencial que el pasado 31 de octubre de 2024, el Tribunal de Quiebras del Distrito Sur de Nueva York<\/strong> reconoci\u00f3 el acuerdo de reorganizaci\u00f3n judicial<\/a> de la empresa aprobado en Chile por la junta deliberativa de acreedores el pasado 7 de agosto.<\/p>\n\n\n\n En un comunicado dirigido a la Comisi\u00f3n para el Mercado Financiero, firmado por el gerente general de Enjoy, Estaban Rigo-Righi<\/strong>, la empresa indic\u00f3 que el juzgado valid\u00f3 el acuerdo en el marco del procedimiento denominado \u00abChapter 15, Caso N\u00b0 24-10433 (MG)\u00bb, el cual hab\u00edan iniciado con motivo de la reorganizaci\u00f3n judicial.<\/p>\n\n\n\n A partir de ello, se\u00f1alaron que \u201cla resoluci\u00f3n dictada por el Tribunal declara, entre otras cosas, que el Acuerdo, incluidas las transacciones contempladas en el mismo y sus anexos, quedan reconocidos y se les otorga plena fuerza y efecto dentro de la jurisdicci\u00f3n de los Estados Unidos de Am\u00e9rica\u201d.<\/p>\n\n\n\n Adem\u00e1s, el juzgado inform\u00f3 que mantendr\u00e1 su jurisdicci\u00f3n respecto a los tr\u00e1mites y actuaciones anteriores que tuvieron lugar dentro de la tramitaci\u00f3n del \u00abChapter 15\u00bb, y de las ejecuciones, modificaciones o implementaciones futuras que sean necesarias para materializar los efectos de la resoluci\u00f3n del Tribunal.<\/p>\n\n\n\n \u201cHacemos presente que, conforme al Acuerdo, el reconocimiento del procedimiento de reorganizaci\u00f3n de la Compa\u00f1\u00eda y del Acuerdo dentro del ‘Chapter 15’ es una de las Condiciones de Repactaci\u00f3n que se\u00f1ala el cap\u00edtulo VIII del Acuerdo\u201d, detallaron.<\/p>\n\n\n\n Por otra parte, Enjoy anunci\u00f3 que el 4 de noviembre se celebr\u00f3 una comisi\u00f3n extraordinaria de acreedores<\/strong>, en la cual se acord\u00f3 prorrogar el plazo de cumplimiento de las Condiciones de Repactaci\u00f3n, pasando de 90 d\u00edas a 105 d\u00edas corridos contados desde el 7 de agosto de 2024, siendo de esta forma prorrogado el plazo m\u00e1ximo para su cumplimiento hasta el 20 de noviembre de 2024.<\/p>\n\n\n\n