{"id":777043991,"date":"2024-10-03T11:12:21","date_gmt":"2024-10-03T14:12:21","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777043991"},"modified":"2026-04-29T15:04:18","modified_gmt":"2026-04-29T18:04:18","slug":"juego-responsable-en-republica-dominicana-las-autoridades-trabajan-en-un-sistema-nacional-de-autoexclusion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/juego-responsable-en-republica-dominicana-las-autoridades-trabajan-en-un-sistema-nacional-de-autoexclusion","title":{"rendered":"Juego responsable en Rep\u00fablica Dominicana: las autoridades trabajan en un sistema nacional de autoexclusi\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n

La Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar abri\u00f3 un proceso de consulta p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n

Rep\u00fablica Dominicana.- La Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar de Rep\u00fablica Dominicana<\/strong>, dependiente del Ministerio de Hacienda, present\u00f3 a fines de septiembre una propuesta que establece las normas para promover el Juego Responsable<\/strong> y crea el Sistema Nacional de Autoexclusi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n\n\n\n

La propuesta de resoluci\u00f3n est\u00e1 disponible en el proceso de consulta p\u00fablica para que los interesados puedan participar y aportar sus comentarios, desde el 29 de septiembre durante un plazo de 20 d\u00edas h\u00e1biles, hasta el 17 de octubre de 2024<\/strong>, pudiendo acceder a trav\u00e9s del enlace al portal de transparencia del Ministerio de Hacienda.<\/p>\n\n\n\n

Seg\u00fan la Direcci\u00f3n de Casinos, la propuesta pretende educar, prevenir y proteger en cuanto al juego problem\u00e1tico y la ludopat\u00eda. El juego responsable y el Sistema Nacional de Autoexclusi\u00f3n se considera para el regulador un hito para el sector y el pa\u00eds, as\u00ed como un aporte a la sociedad y para quienes luchan con la salud mental.<\/p>\n\n\n\n

La DCJA enfatiza la importancia de jugar y apostar de manera responsable y legal para garantizar una experiencia segura y justa, e igualmente vela por el cumplimiento de la ley y la protecci\u00f3n de los derechos de los jugadores, los menores de edad y poblaci\u00f3n vulnerable.<\/p>\n\n\n\n

Seg\u00fan explicaron desde el Ministerio de Hacienda, las disposiciones contenidas en esta resoluci\u00f3n son de aplicaci\u00f3n obligatoria para los operadores de juegos de azar en la Rep\u00fablica Dominicana<\/strong>, incluyendo, de manera enunciativa, pero no limitativa: bancas de loter\u00eda; bancas de apuestas deportivas; casinos; salas de juego de m\u00e1quinas tragamonedas; administraci\u00f3n responsable de casinos y de salas de juego de m\u00e1quinas tragamonedas; juegos de azar por internet; juegos de azar virtuales; concesionarias de loter\u00edas electr\u00f3nicas; Loter\u00eda Nacional; bingos; rifas; empresas de apuestas h\u00edpicas y agencias h\u00edpicas; y todas aquellas que realicen juegos de azar en cualquier modalidad.<\/p>\n\n\n\n

Ver tambi\u00e9n: <\/strong>Circe Alm\u00e1nzar pide que el juego online sea regulado en Rep\u00fablica Dominicana: \u00abPuede ser una fuente de ingresos muy importante para el gobierno\u00bb<\/a><\/p>\n\n\n\n

Obligaciones de los operadores de juegos de azar en materia de juego responsable<\/h2>\n\n\n\n

Los operadores de juegos de azar en la Rep\u00fablica Dominicana deber\u00e1n cumplir con las siguientes obligaciones para promover el juego responsable:<\/p>\n\n\n\n

    \n
  • Implementar pol\u00edticas y procedimientos debidamente aprobados por el \u00f3rgano de toma de decisi\u00f3n correspondiente, para promover el juego responsable, incluyendo l\u00edmites de tiempo y dinero para las apuestas, opciones de autoexclusi\u00f3n y programas de prevenci\u00f3n de la ludopat\u00eda, y que deber\u00e1n contener todas las acciones a desarrollar, incluyendo un plan de acci\u00f3n para ejecutar el programa de juego responsable contentivo de actividades precisas, objetivos, indicadores y periodicidad y plazos de ejecuci\u00f3n previstos para cada actividad;<\/li>\n\n\n\n
  • Capacitar a su personal, vinculados, asociados, puntos de ventas y dem\u00e1s socios estrat\u00e9gicos en temas de juego responsable, identificaci\u00f3n de comportamientos problem\u00e1ticos y manejo adecuado de situaciones relacionadas con conductas de juego sin control y\/o la ludopat\u00eda, pudiendo ser impartidas, estas capacitaciones, por consultores expertos en juego responsable, incluyendo profesionales de la salud mental, as\u00ed como personal del Centro de Atenci\u00f3n Integral a las Dependencias (CAIDEP) del Servicio Nacional de Salud (SNS);<\/li>\n\n\n\n
  • Proporcionar informaci\u00f3n clara y accesible a los jugadores sobre las probabilidades de ganancia y p\u00e9rdida en los juegos de azar, as\u00ed como sobre los recursos disponibles para obtener ayuda, en caso de problemas de adicci\u00f3n con el juego de azar;<\/li>\n\n\n\n
  • Realizar campa\u00f1as educativas y de concientizaci\u00f3n sobre los riesgos del juego compulsivo, fomentando estilos de vida saludables como alternativa al juego de azar patol\u00f3gico o ludopat\u00eda;<\/li>\n\n\n\n
  • Colaborar activamente con la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar en la recopilaci\u00f3n de datos e informes relacionados con el juego responsable, con el objetivo de mejorar la regulaci\u00f3n y las pol\u00edticas p\u00fablicas en la materia.<\/li>\n\n\n\n
  • Los operadores deber\u00e1n informar a la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar sobre sus<\/li>\n\n\n\n
  • programas de juego responsable y sus avances mediante los canales de comunicaci\u00f3n puestos a disposici\u00f3n, con periodicidad de al menos una vez al a\u00f1o.<\/li>\n\n\n\n
  • Los operadores de juegos de azar por internet autorizados deber\u00e1n promover el uso de un programa de control parental para que los padres de familia impidan el acceso a los menores de edad a las p\u00e1ginas web y\/o plataformas de juegos de azar.<\/li>\n\n\n\n
  • Prohibir el acceso al juego y venta en el establecimiento o canal o plataforma interactivo a<\/li>\n\n\n\n
  • menores de edad, as\u00ed como a aquellas personas que hayan solicitado su autoexclusi\u00f3n de manera voluntaria.<\/li>\n\n\n\n
  • Los operadores no podr\u00e1n conceder pr\u00e9stamos ni cualquier otra modalidad de cr\u00e9dito o asistencia financiera para que el jugador o apostador contin\u00fae jugando o apostando, ya sea de forma directa o a trav\u00e9s de intermediarios o prestamistas, a los fines de velar por el juego sano. Esto aplica para las empresas relacionadas del operador y\/o el propietario de juegos de azar, as\u00ed como a cualesquiera personas al servicio de estos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n

    Herramientas de juego responsable e informaci\u00f3n al jugador o apostador<\/h2>\n\n\n\n

    Las herramientas de juego responsable son instrumentos que deben encontrarse a disposici\u00f3n de los jugadores, para que les permitan tomar acciones preventivas en relaci\u00f3n a su comportamiento de juego. Las mismas deber\u00e1n ser acordes al tipo y modalidad de juego, teniendo como base la evaluaci\u00f3n previa realizada sobre las caracter\u00edsticas estructurales y dise\u00f1o de cada uno de ellos. <\/p>\n\n\n\n

    Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n

    La Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Hacienda, implementar\u00e1 y mantendr\u00e1 actualizado el Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n. Asimismo, deber\u00e1n confeccionarse los formularios que ser\u00e1n utilizados por las personas que decidan voluntariamente autoexcluirse de los establecimientos de juegos de azar.<\/p>\n\n\n\n

      \n
    • La incorporaci\u00f3n en el Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n deber\u00e1 realizarse personalmente por el interesado, exclusivamente en las dependencias que establezca la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar.<\/li>\n\n\n\n
    • Las personas inscritas en el Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n no podr\u00e1n ingresar a ning\u00fan establecimiento de juegos de azar en la Rep\u00fablica Dominicana por el per\u00edodo que seleccione en el Formulario de Autoexclusi\u00f3n, que en ning\u00fan caso ser\u00e1 inferior a seis (6) meses, a partir de la fecha de inscripci\u00f3n, por lo que los operadores de juegos de azar no les permitir\u00e1n la entrada a sus establecimientos. Este mismo plazo m\u00ednimo de autoexclusi\u00f3n aplicar\u00e1 tambi\u00e9n para aquellos operadores que ostenten licencias de juegos de azar por internet. Una vez finalizado el plazo, los inscritos deber\u00e1n completar personalmente el acta de levantamiento de la restricci\u00f3n; de lo contrario, permanecer\u00e1n en el registro de manera permanente. La restricci\u00f3n cesar\u00e1 a partir del momento en que la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar reciba y registre en el sistema el acta de levantamiento.<\/li>\n\n\n\n
    • Los titulares de licencias de operaci\u00f3n de establecimientos de juegos de azar tienen la obligaci\u00f3n expresa de: Proveer y mantener visibles los formularios de solicitud de autoexclusi\u00f3n y las actas de levantamiento de la restricci\u00f3n, para los jugadores y visitantes de su establecimiento; Remitir una copia de la solicitud de autoexclusi\u00f3n a la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar dentro de los primeros cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles de completada la solicitud por parte del jugador, seg\u00fan el procedimiento establecido; Prohibir el ingreso o permanencia en todos sus establecimientos de juegos de azar a las personas inscritas en el Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n; Mantenerse consultando peri\u00f3dicamente el Registro Nacional de Autoexclusi\u00f3n para las inclusiones, ajustes y exclusiones; Colaborar con la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar en la aplicaci\u00f3n y realizaci\u00f3n de campa\u00f1as vinculadas a la implementaci\u00f3n de la presente resoluci\u00f3n, incluyendo charlas con el Centro de Atenci\u00f3n Integral a las Dependencias (CAIDEP) del Servicio Nacional de Salud (SNS).<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n

      Regulaci\u00f3n de publicidad y campa\u00f1as de concientizaci\u00f3n y prevenci\u00f3n <\/h2>\n\n\n\n

      Todos los establecimientos de juegos de azar, incluyendo puntos de ventas y\/o agencias, deben exhibir en sus accesos y mostradores de venta, aparte del mensaje para la restricci\u00f3n de entrada y para jugar a los menores de edad, un mensaje sanitario que advierta sobre los da\u00f1os vinculados a la ludopat\u00eda. El mensaje debe contener la leyenda: \u00abEl juego compulsivo es perjudicial para la salud\u00bb, acompa\u00f1ado del n\u00famero telef\u00f3nico de la L\u00ednea Salud Mental del Ministerio de Salud P\u00fablica y Asistencia Social y el n\u00famero de la presente resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n

      Prohibici\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n

      Cabe destacar que en Rep\u00fablica Dominicana bajo este proyecto queda prohibida toda publicidad o promoci\u00f3n a trav\u00e9s de cualquier medio de difusi\u00f3n sobre juegos de azar o apuestas que: Est\u00e9 dirigida a menores de dieciocho (18) a\u00f1os, a personas que padezcan enfermedades mentales y\/o a jugadores lud\u00f3patas; Asocie directa o indirectamente el juego con la riqueza, fortuna, bienestar y\/o terapia; as\u00ed como la que asocie el juego con la ayuda social, a excepci\u00f3n de la que realice el Ministerio de Hacienda o la Direcci\u00f3n de Casinos y Juegos de Azar; No incluya en forma clara y visible el mensaje sanitario establecido en el art\u00edculo 8 de la presente resoluci\u00f3n; No exhiba el n\u00famero telef\u00f3nico de la L\u00ednea Salud Mental del Ministerio de Salud P\u00fablica y Asistencia Social.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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