{"id":777020061,"date":"2023-10-18T10:38:57","date_gmt":"2023-10-18T13:38:57","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777020061"},"modified":"2026-05-19T06:06:01","modified_gmt":"2026-05-19T09:06:01","slug":"el-teac-excluye-las-propinas-de-los-casinos-de-la-tasa-fiscal-de-los-juegos-de-azar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/el-teac-excluye-las-propinas-de-los-casinos-de-la-tasa-fiscal-de-los-juegos-de-azar","title":{"rendered":"El TEAC excluye las propinas de los casinos de la tasa fiscal de los juegos de azar"},"content":{"rendered":"\n
El Tribunal Econ\u00f3mico Europeo (TEAC) afirm\u00f3 que la base imponible solo puede estar integrada por los ingresos brutos procedentes de un determinado juego y de su participaci\u00f3n en \u00e9l.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Espa\u00f1a.- El Tribunal Econ\u00f3mico Europeo (TEAC)<\/strong> emiti\u00f3 una sentencia que afirma que las propinas de los casinos no forman parte de la tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite y azar.<\/p>\n\n\n\n Seg\u00fan el escrito, es el \u201cjuego\u201d el elemento causal del hecho imponible y por ello, la base imponible solo puede estar integrada por los ingresos brutos procedentes de ese juego<\/strong> y de su participaci\u00f3n en \u00e9l; \u201campliar la base imponible a otros conceptos supondr\u00eda una extensi\u00f3n arbitraria de los estrictos l\u00edmites del hecho imponible\u201d, dice el texto.<\/p>\n\n\n\n \u201cPartiendo de la consideraci\u00f3n de que las propinas, en el \u00e1mbito de los casinos, si bien pueden considerarse como ingresos de los casinos, al no proceder directa y causalmente de la actividad del juego, siendo ingresos de car\u00e1cter accesorio derivados de la liberalidad de los clientes<\/strong>, no forman parte de la base imponible de la Tasa fiscal que grava los juegos de suerte, envite y azar\u201d, contin\u00faa el fallo.<\/p>\n\n\n\n El TEAC considera que el car\u00e1cter de las propinas no permite que puedan considerarse en ning\u00fan caso como ingresos procedentes del juego, puesto que no son necesarias para poder participar en el mismo<\/strong>, ni resulta obligatoria su concesi\u00f3n por parte del cliente en ninguna circunstancia, ni siquiera cuando gana; la propina constituye un negocio jur\u00eddico entre el cliente y el casino, distinto y ajeno al contrato de juego, aunque se produzca en el ambiente o entorno del juego y asociado a la participaci\u00f3n en el mismo.<\/p>\n\n\n\n