{"id":777018839,"date":"2023-10-02T10:09:22","date_gmt":"2023-10-02T13:09:22","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777018839"},"modified":"2026-05-19T06:22:52","modified_gmt":"2026-05-19T09:22:52","slug":"la-ley-de-juego-de-valencia-en-la-lupa-de-la-justicia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/la-ley-de-juego-de-valencia-en-la-lupa-de-la-justicia","title":{"rendered":"La Ley de Juego de Valencia en la lupa de la Justicia"},"content":{"rendered":"\n
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) elev\u00f3 una consulta al Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE) sobre uno de los puntos de la ley.<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Espa\u00f1a.- El Tribunal de Justicia de la Uni\u00f3n Europea (TJUE)<\/strong> deber\u00e1 evaluar si la distancia m\u00ednima de 500 metros entre salones de juego y de 850 metros entre estos y los centros educativos que impone la ley de juego de Valencia<\/a> favorece al juego estatal y discrimina a la empresas privadas. <\/p>\n\n\n\n El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV)<\/strong> va a remitir a Luxemburgo un escrito de 28 p\u00e1ginas para intentar arrojar luz sobre si el decreto auton\u00f3mico que en 2021 desarroll\u00f3 la regulaci\u00f3n se ajusta al derecho comunitario en lo que respecta a los principios de proporcionalidad, libertad de empresa y unidad de mercado.<\/p>\n\n\n\n La secci\u00f3n 4\u00b0 de la sala de lo contencioso del TSJ alberga serias dudas al respecto, pero quiere escuchar a los magistrados europeos antes de emitir un fallo, seg\u00fan inform\u00f3 el medio local Levante.<\/p>\n\n\n\n Despu\u00e9s de repasar el recurso de la patronal de Salones de Juego y Recreativos de la C. Valenciana (Anesar-CV)<\/strong>, el tribunal cuestiona las restricciones que obligan a distanciar los locales no solo por considerarlas desproporcionadas, sino tambi\u00e9n por apreciar una posible \u00abdiscriminaci\u00f3n\u00bb teniendo en cuenta que las mismas solo se contemplan para los salones de juego de titularidad privada \u00abpero no para los que se concept\u00faan como establecimientos p\u00fablicos (loter\u00edas del Estado, quinielas y apuestas deportivas, ONCE\u2026), que tambi\u00e9n se libran de las limitaciones en materia de publicidad y controles de acceso a los que est\u00e1n sometidos los primeros\u00bb. <\/p>\n\n\n\n Aunque se plante\u00f3 la posibilidad de incluirlos en la ley, se desech\u00f3 porque estos locales son competencia de la administraci\u00f3n estatal, no de la auton\u00f3mica.<\/p>\n\n\n\n