{"id":777011300,"date":"2023-06-23T12:11:25","date_gmt":"2023-06-23T15:11:25","guid":{"rendered":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/?p=777011300"},"modified":"2026-05-19T07:53:44","modified_gmt":"2026-05-19T10:53:44","slug":"la-corte-constitucional-de-ecuador-avalo-el-nuevo-impuesto-a-las-apuestas-deportivas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/focusgn.com\/latinoamerica\/la-corte-constitucional-de-ecuador-avalo-el-nuevo-impuesto-a-las-apuestas-deportivas","title":{"rendered":"La Corte Constitucional de Ecuador aval\u00f3 el nuevo impuesto a las apuestas deportivas"},"content":{"rendered":"\n
El gravamen forma parte de la reforma tributaria que hab\u00eda sido aprobada v\u00eda decreto presidencial el mes pasado .<\/p>\n\n\n\n\n\n\n\n
Ecuador.- La Corte Constitucional de Ecuador aval\u00f3 el decreto de reforma tributaria emitido a mediados de mayo por el presidente Guillermo Lasso. Y de esta forma, un nuevo impuesto empezar\u00e1 a correr para las apuestas deportivas en Ecuador<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n La reforma tributaria y la apertura de zonas francas fueron los dos primeros decretos<\/a> que Lasso firm\u00f3 apenas decidi\u00f3 el cierre de la Asamblea Nacional y el llamado a nuevas elecciones. Por la denominada \u201cmuerte cruzada\u201d que esto signific\u00f3, la Corte Constitucional deb\u00eda avalar o rechazar ambos decretos. As\u00ed lo explic\u00f3 la agencia de noticias T\u00e9lam.<\/p>\n\n\n\n Ante ese escenario, en una sesi\u00f3n virtual, la CC le dio el visto bueno a la reforma tributaria. Y de esta manera, entra en vigencia un nuevo impuesto para las casas de apuestas deportivas<\/p>\n\n\n\n Adem\u00e1s, la medida incluye la suba en las deducciones del Impuesto a la Renta, con lo que las personas pagar\u00e1n menos desde 2023. Y a esto se suma el cobro del Impuesto al Valor Agregado a los asistentes a espect\u00e1culos p\u00fablicos, como los partidos de f\u00fatbol, detall\u00f3 el sitio Primicias. <\/p>\n\n\n\n El tribunal hab\u00eda citado el 6 de este mes al ministro de Finanzas, Pablo Arosemena<\/strong>, para analizar si el decreto de reforma tributaria se deb\u00eda considerar urgente. En ese entonces, Arosemena hab\u00eda se\u00f1alado que no es competencia de la Corte analizar si un decreto ley econ\u00f3mico urgente, sino del Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n