Tribunal extiende poder de operadores
Los operadores privados de loterías en República Dominicana pueden elegir a terceras empresas de distribución.
República Dominicana.- Los operadores de loterías privadas en República Dominicana dispondrán de recursos legales para seleccionar a terceras empresas, personas o consorcios de bancas como distribuidores y comercializadores de sus productos de juegos de azar. La medida fue apoyada por una sentencia del Tribunal Constitucional del país caribeño.
La resolución legal fue anunciada luego de que la Federación Nacional de Bancas de Lotería (FENABANCA) interpusiera un recurso de amparo para prohibir que operadores privados gocen del beneficio. El recurso trataba de evitar que la concesionaria de lotería electrónica privada CECOIN/LEIDSA firmara contratos con otras empresas para que operaran su actividad comercial.
Según FENABANCA, los acuerdos con terceros socios debían primero ser aprobados por “los titulares de concesiones del Estado y titulares o licenciatarios autorizados”. Sin embargo, la sentencia del tribunal detalló que las compañías de loterías privadas «son las únicas con derecho para conceder o no autorización a terceras empresas, consorcios de bancas o personas para que puedan comercializar sus propios productos».
La resolución concluye: “Del estudio de todas las disposiciones legales citadas en los párrafos anteriores, este tribunal concluye que el hecho de que la Lotería Nacional, en ejercicio de las atribuciones concedidas por dichas normas, otorgara una licencia de concesión a la razón social LEIDSA, y que en virtud de esto, la misma realice los sorteos propios de su actividad y le conceda la comercialización de los mismo a la empresa que considere, no constituye una violación al derecho de igualdad en contra de la parte accionante”.