Impuesto selectivo al consumo para el juego online en Perú: el Ejecutivo reglamentó el decreto
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Perú publicó dos reglamentos relacionados con este impuesto.
Perú.- Tras aprobar la normativa que permite el registro virtual en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para las empresas extranjeras que sean contribuyentes del Impuesto a los Juegos a Distancia y Apuestas Deportivas a Distancia, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria de Perú (Sunat) está preparada para cobrar el impuesto correspondiente por estas operaciones.
Se trata del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) sobre los juegos y apuestas deportivas en línea. Cabe recordar que este sector fue incluido en el ámbito de aplicación de este impuesto, cuyo objetivo es reducir el consumo de estos productos, al igual que sucede con las bebidas alcohólicas, ya que se considera que «provocan efectos negativos en el ámbito personal, social o ambiental», según la Sunat.
Recientemente, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó dos reglamentos relacionados con este impuesto: uno sobre su implementación y otro sobre las disposiciones complementarias que lo regulan.
Ver también: Proponen nuevas modificaciones a la ley de juego online y apuestas deportivas de Perú
Anteriormente, se había especificado que el impuesto iba dirigido a los jugadores, quienes deben registrarse como titulares para poder utilizar las plataformas de juegos. Ahora, la nueva norma detalla que el momento en que se cobra el impuesto es «cuando el dinero o bonificación en efectivo se debita de la cuenta del jugador para realizar una apuesta determinada«.
Impuesto Selectivo al Consumo para juegos y apuestas
La nueva norma tiene como propósito establecer los límites, conceptos y detalles específicos sobre la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo a los juegos y apuestas deportivas en línea. De esta forma, el impuesto se aplica a los juegos y apuestas deportivas a distancia realizados o consumidos dentro del país, desarrollados tanto a través de plataformas tecnológicas operadas por personas jurídicas constituidas en Perú, como por sucursales de entidades extranjeras y personas jurídicas del extranjero que cuenten con autorización de la autoridad competente.
El MEF aclara que una apuesta se considera realizada en las plataformas mencionadas cuando el dinero (o bonificación equivalente en dinero) se debita de la cuenta de juego del jugador para llevar a cabo una apuesta específica. Es decir, el impuesto se percibe en el momento en que el dinero sale de la cuenta del jugador. Además, se precisa lo siguiente:
Vale destacar que se utilizará «el tipo de cambio promedio ponderado de venta, publicado por la Superintendencia de Bancas, Seguros y AFP (SBS), en su sitio web o en el diario oficial El Peruano, correspondiente a la fecha en que se perciben las apuestas».
Si la SBS no publica el tipo de cambio, se utilizará el del último día hábil anterior. Y si la SBS no publica el tipo de cambio de la moneda extranjera utilizada en la apuesta, se convertirá esa moneda a dólares estadounidenses y luego a soles, tomando como referencia el tipo de cambio de compra del país donde se hizo la apuesta, publicado por una entidad similar a la SBS en ese país.