Santa Fe actualiza la normativa sobre rifas y bingos: nuevas reglas y más control estatal
Entre los cambios más destacados figuran la incorporación de modalidades electrónicas, la eliminación de cooperadoras como solicitantes, una reducción en el porcentaje destinado a premios y una mayor intervención por parte de la Lotería de Santa Fe.
Argentina.- La provincia de Santa Fe aprobó un nuevo decreto que modifica sustancialmente la reglamentación vigente para los juegos de azar, específicamente aquellos de tipo rifa, bingo y otros juegos eventuales. Este cambio tiene su origen en una revisión de las normativas previas, que databan de 2015, las cuales a su vez habían derogadas regulaciones de los años ‘80. El nuevo decreto, que lleva el número 3101, introduce ajustes significativos tanto por el avance tecnológico como por otras consideraciones sociales y organizativas.
Una de las principales modificaciones es la incorporación de nuevas modalidades de juego que permiten el uso de sistemas electrónicos para bingos, lo que refleja el avance tecnológico y las nuevas formas de participación en estos eventos. De acuerdo con el texto aprobado, los bingos electrónicos deberán ser certificados por un organismo competente, y se exige que los organizadores garanticen la transparencia del sorteo a través de plataformas digitales o herramientas específicas, asumiendo plena responsabilidad sobre cualquier controversia relacionada con el proceso de sorteo.
Además, la nueva reglamentación introduce un cambio fundamental en el perfil de las entidades que pueden organizar estos juegos. Las cooperadoras, tradicionalmente asociadas a las escuelas, bomberos y comisarías, ya no podrán solicitar autorización para llevar adelante rifas y bingos con fines solidarios. En su lugar, solo se permitirá la participación de asociaciones civiles, mutuales y fundaciones con personería jurídica, siempre que tengan domicilio en la provincia y que su objeto principal sea el bien común. Este ajuste elimina la exención de documentos y avales contables que anteriormente favorecían a las cooperadoras.
Otro cambio relevante tiene que ver con la proporción de lo recaudado que debe destinarse a premios. Mientras que la reglamentación anterior establecía que al menos el 40 por ciento de lo recaudado debía destinarse a los premios, ahora el porcentaje mínimo ha bajado al 35 por ciento. Esta modificación busca ajustar la distribución de los recursos, permitiendo a las organizaciones contar con mayores márgenes para la cobertura de gastos operativos y otros fines.
El Decreto 3101 también establece un control más riguroso por parte de la Lotería de Santa Fe, que podrá fijar montos máximos a recaudar y determinar las condiciones específicas para aquellos juegos que no requieran autorización formal, pero que deberán cumplir con los parámetros establecidos por el reglamento. Asimismo, la Lotería tiene la facultad de no autorizar ciertos bienes como premios, más allá de los bienes tradicionalmente prohibidos como dinero en efectivo, piedras preciosas y propiedades en construcción.
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En cuanto a la modalidad de los sorteos, se autoriza la inclusión de bienes inmuebles mediante fideicomiso, pero con una estricta regulación sobre las condiciones y requisitos para su inclusión. La reglamentación también elimina la posibilidad de que las entidades organizadoras ofrezcan un embargo voluntario sobre bienes inmuebles como garantía, exigiendo en su lugar la presentación de un seguro de caución.
Finalmente, el decreto establece que cualquier disputa judicial derivada de la organización de estos juegos deberá resolverse en los tribunales de la ciudad de Santa Fe, donde las entidades que soliciten autorización para juegos provenientes de otras jurisdicciones deberán constituir domicilio legal. Este aspecto centraliza las resoluciones legales, favoreciendo un control más directo sobre los procesos y disputas en la provincia.
El Decreto 3101 está disponible en el sitio web de la provincia.