Las restricciones en los casinos de Perú continuarán hasta el 12 de diciembre
Mientras que en Lima y Callao el toque de queda se mantendrá de 2 a 4 de la mañana, en un total de 10 provincias, el mismo se iniciará a las 23 e impactará en el negocio del juego.
Perú.- Desde hoy, lunes 29 de noviembre, cambiaron nuevamente las reglas del juego para los casinos en Perú. Ante un rebrote de Covid-19 y una posible tercera ola en diciembre, el Gobierno fijó nuevas medidas, las que regirán hasta el próximo domingo 12 de diciembre.
Mediante el Decreto Supremo N° 174-2021-PCM, publicado ayer domingo 28 de noviembre en el diario oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo determinó que el toque de queda se mantendrá de 2 a 4 de la mañana en Lima y en Callao, al igual la mayor parte del país. Los casinos y las salas de tragamonedas en estas zonas, consideradas de nivel de alerta moderado, podrán funcionar con un aforo máximo de 60 por ciento.
Esto con excepción de 10 provincias. A partir de hoy 29 de noviembre las siguientes provincias son consideradas de Nivel de Alerta Alto: Chepén, Concepción, Huamanga, Santa, Sullana, Piura, Sechura, Huancavelica, Talara y Virú.
En esas provincias el toque de queda es desde las 23 hasta las 4 horas del día siguiente. En tanto, los casinos y salones de tragamonedas en estas zonas podrán operar con un aforo máximo del 40 ciento.
Estado de emergencia
La norma también decreta ampliar el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 30 días calendario, a partir del lunes 29 de noviembre hasta el 31 de diciembre del 2021, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la Covid-19.
Se recuerda que, durante ese periodo, queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional, conforme a la normativa vigente, agrega el decreto.
Desde el 15 de diciembre
Solo vacunados podrán ingresar a espacios cerrados: de acuerdo con el citado Decreto Supremo, a partir del 15 de diciembre solo las personas mayores de 18 años vacunadas contra el coronavirus con las dos dosis podrán ingresar a espacios cerrados.
La disposición regirá en todo el país, sin excepción. Las personas deberán presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su vacunación contra el Covid-19.
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Además, deben usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, la mascarilla puede ser retirada) solo al momento de ingerir los alimentos.
Empresas con trabajadores vacunados: a partir del 15 de diciembre del 2021, toda empresa con más de diez trabajadores solo podrá operar de manera presencial si todos sus trabajadores acreditan su esquema completo de vacunación, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero.