La Lotería de Córdoba ofrece jubilación anticipada a sus empleados

Los sueldos de los empleados de Lotería de Córdoba representan más del 75 por ciento de los costos operativos.
Los sueldos de los empleados de Lotería de Córdoba representan más del 75 por ciento de los costos operativos.

En el marco de la fuerte crisis que atraviesa el sector del juego a raíz de las medidas de confinamiento derivadas de la pandemia, la Lotería habilitó el régimen de jubilación anticipada.

Argentina.- Un decreto permitió a la Lotería de Córdoba ofrecer a sus empleados la posibilidad de acogerse al régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria.

Se trata de un régimen de jubilaciones anticipadas que en Córdoba ya se aplicó en momentos de crisis para reducir el costo salarial en la Municipalidad, la Legislatura, el Ministerio de Educación y la Caja de Jubilaciones, entre otras instituciones.

La medida fue publicada por el gobierno provincial en el Boletín Oficial y apunta a reducir el principal rubro del costo operativo de la Lotería.

El mecanismo está previsto por la Ley 8.836 y permite que aquellos agentes que estén a menos de 10 años de la jubilación dejen de trabajar si aceptan una reducción en el sueldo que perciben.

En el caso de la Lotería, los sueldos de los empleados representan más del 75 por ciento de los costos operativos. Además, un enorme porcentaje de los empleados no retornó a sus funciones desde el inicio de la pandemia.

Según establece el decreto firmado por el gobernador Juan Schiaretti, el proceso deberá realizarse por vía digital y podrán adherir “los empleados a quienes les falten al 31 de agosto de 2021 hasta 10 años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para la obtención de la jubilación ordinaria”.

El plazo para acogerse a ese régimen será hasta el 30 de noviembre próximo.

La pasividad supone la percepción de un salario reducido hasta el momento de la jubilación, y libera al agente de las obligaciones laborales. Según lo que establece la ley provincial 8.836, quienes adhieren a la pasividad cobran el 70 por ciento de su salario si les faltan hasta cinco años para jubilarse; el 68 por ciento si les faltan seis años; el 66 por ciento si les faltan siete; el 64 si les faltan ocho; el 62 si les faltan nueve, y el 60 por ciento si les faltan 10 años, es decir, los hombres de 55 y las mujeres de 50.

El agente deja de trabajar en la administración –puede hacerlo en otro lado– y el organismo empleador paga el salario reducido, pero la totalidad de los aportes previsionales, la obra social y las contribuciones.

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