La Junta de Supervisión Fiscal de Puerto Rico avala el nuevo reglamento sobre confiscación de máquinas de azar

La Junta de Supervisión Fiscal de Puerto Rico avala el nuevo reglamento sobre confiscación de máquinas de azar

El procedimiento para confiscar las máquinas de apuestas ilegales en ruta fue desarrollado por la Comisión de Juegos y la Policía.

Puerto Rico.- La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) aprobó esta semana el Reglamento sobre Confiscaciones de Máquinas de Juegos de Azar en Ruta, preparado conjuntamente por la Comisión de Juegos de Puerto Rico y el Negociado de la Policía.

Estas máquinas, instaladas en comercios y espacios públicos sin autorización, representan una de las principales fuentes de juego clandestino en la isla y afectan tanto la recaudación fiscal como la protección de los consumidores.

El nuevo reglamento establece los procedimientos que deberán seguir tanto la Comisión de Juegos como la Policía de Puerto Rico para la ocupación, confiscación, custodia, tasación, notificación y disposición final de las máquinas que operen sin licencia o en violación de la ley.

El director ejecutivo de la JSF, Robert Mujica, envió una carta al director ejecutivo de la Comisión de Juegos, Juan Carlos Santaella Marchán, confirmando la aprobación, aclarando que el análisis del ente fiscal “se limita a la compatibilidad del reglamento con el Plan Fiscal certificado”, sin constituir una revisión legal o de cumplimiento con otras leyes laborales o administrativas.

Juan Carlos Santaella Marchán, director ejecutivo de la Comisión de Juegos.
Juan Carlos Santaella Marchán, director ejecutivo de la Comisión de Juegos.

El medio Metro reveló que en el reglamento se establece que los agentes podrán ocupar las máquinas en violación a la ley sin orden previa del tribunal, siempre que haya evidencia de uso ilegal. Asimismo, el agente actuante deberá documentar cada máquina, su contenido y dinero, entregando copia al dueño si está presente.

El director ejecutivo de la comisión deberá emitir una orden de confiscación dentro de los diez días siguientes a la ocupación, con derecho a impugnación por parte del afectado. Los dueños podrán impugnar la confiscación en diez días, y un juez administrativo decidirá el caso en un plazo de hasta noventa días.

Por otra parte, se establece que los ingresos provenientes de multas, subastas y decomisos se depositarán en un fondo especial bajo la Comisión, del cual un 50 por ciento irá al Fondo General y otro 50 por ciento a la Comisión. El reglamento dispone que el 55 por ciento de los ingresos generados por las máquinas legales se destine al Fideicomiso para el Retiro de la Policía, creado por la Ley 40-2020.

La normativa obliga a la Policía de Puerto Rico a realizar las inspecciones bajo planes de trabajo coordinados con la Comisión de Juegos y el Departamento de Hacienda, evitando operativos aleatorios. Además, establece una “Bóveda de Evidencia” donde se almacenará el material confiscado, con un estricto control de cadena de custodia. La Comisión también podrá imponer multas, celebrar vistas administrativas y coordinar con el Departamento de Justicia los casos que deriven en delitos o evasión contributiva.

Por otra parte, la JSF advirtió que cualquier cambio sustancial al reglamento deberá someterse nuevamente a revisión y que la aprobación podría reconsiderarse si se detectan errores o información incorrecta en el documento sometido.

En ese sentido, la carta indica que la Junta se reserva el derecho de modificar su posición si surgen inexactitudes o información adicional no incluida en la evaluación inicial.

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