La DGOJ amplía procesos de verificación identitaria
El ente regulador del juego en España anunció una ampliación de las funcionalidades en el Servicio de Verificación del Jugador.
España.- En el marco de la mejora de los procesos de monitorización permanente y como medida de prevención de la suplantación de identidad en las plataformas de juego, la Dirección General de Ordenación del Juego ha puesto en marcha, en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Función Pública y el Ministerio de Justicia, una iniciativa para cotejar la base de datos de jugadores registrados en los operadores de juego habilitados con la sección de personas difuntas del Registro Civil.
Al objeto de que los operadores de juego puedan acceder a la información que afecte a sus jugadores en relación con este asunto, la DGOJ ha extendido las funcionalidades existentes del Servicio de Verificación del Jugador (SVJ), incorporando a los servicios existentes de Verificación de Identidad (SVI) y de Verificación de Inscripción en el RGIAJ (SV-RGIAJ) una nueva facilidad que facilitará a los operadores de juego los DNI/NIE de aquellos de sus jugadores que se correspondan con personas identificadas como fallecidas (SV-DIF) en el Registro Civil del Ministerio de Justicia.
Recordamos que el Servicio de Verificación de Identidad (SVI) es la funcionalidad por la cual, ante la solicitud de alta (registro) de un cliente residente en España en la web de un operador de juego, ese operador solicita a la DGOJ que, con base en la información del Ministerio del Interior, le confirme si los datos de identificación proporcionados por el participante coinciden con el que consta en la base de datos del DNI/NIE de la Policía Nacional. La integridad de la información personal que proporciona el jugador, así como si éste es mayor de edad, queda confirmada o no con arreglo a esa consulta, y constituye por tanto el primero de los filtros para que ese futuro jugador pueda acceder a los servicios de juego online del operador. Seguidamente, y siempre dentro de esta fase de registro, el operador está obligado a verificar a través del Servicio de Verificación de Inscripción en el RGIAJ (SV-RGIAJ), si el cliente en cuestión está inscrito en el Registro de Interdicciones de Acceso al Juego, denegando el acceso en caso afirmativo. Adicionalmente, y a través de este mismo servicio, la DGOJ comunica de forma automática a los operadores las posibles nuevas inscripciones en el RGIAJ de su base de datos de clientes.
Por otra parte, y dentro del impulso de estas iniciativas que vienen a minimizar la práctica de suplantación de identidad en especial cuando se ven afectados los sectores más vulnerables como los menores, se ha incorporado al Servicio de Verificación de Identidad (SVI) una funcionalidad adicional que permite conocer si la causa de una incorrecta verificación de identidad de un jugador se debe a la utilización de un DNI asociado a un menor de edad que ha modificado alguno de los datos de identidad o de edad durante el proceso de registro. Así, cuando un operador le solicite una consulta al SVI y la misma tenga una resultado negativo, en el caso de que el DNI utilizado corresponda a un ciudadano menor de edad, esta circunstancia se pondrá de manifiesto al operador. De esa forma, los operadores habilitados podrán extender a estos casos los controles que realizaban cuando se trataba de identificaciones correctas pero asociadas a menores de edad, de forma que cuando se utilicen algunos de los datos identificativos de la conexión de ese intento de registro (IP de acceso, dispositivo, correo electrónico, número de teléfono, …) se puedan impedir futuros intentos de acceso utilizando otras identidades.
En la sección de la página web dedicada a tal efecto se pueden consultar los detalles de implementación de las nuevas funcionalidades, así como el calendario de implantación de las mismas.