En Entre Ríos buscan prohibir el acceso de beneficiarios de planes sociales a los juegos de azar
El proyecto fue presentado en el Senado de la provincia de Entre Ríos.
Argentina.- Ingresó en la Cámara de Senadores de la provincia de Entre Ríos un proyecto de ley que busca prohibir “el acceso a casinos, bingos y salas de juego u otras formas de azar habilitadas a toda persona física que sea beneficiaria de un plan de asistencia social otorgado por el Estado o a quienes posean deudas por cuota alimentaria definitiva fijadas por sentencia judicial”.
La iniciativa legislativa fue presentada por la senadora provincial Claudia Gieco, del Frente Justicialista Creer Entre Ríos, quien aseguró que “el eje principal de esta normativa recae en la necesidad de proteger y resguardar el patrimonio tanto del Estado, pero sobre todo de la familia, y de los niños, niñas y adolescentes que son los beneficiarios de las cuotas alimentarias”.
“Si bien se sabe que un porcentaje de lo recaudado en las salas de juego de la provincia tiene como destino la acción social, la idea con esta iniciativa es preservar el dinero del Estado y de la familia, evitando que las personas que perciben algún tipo de asistencia del Estado, o aquellos que posean deudas por cuota alimentaria, lo malgasten en los casinos, salas de juegos, bingos y demás entidades mencionadas en el cuerpo normativo, en detrimento de aquellos en cuyo beneficio se otorgó o se impuso”, dijo la legisladora de acuerdo con lo informado por el medio local IAM.
De implementarse la iniciativa, la autoridad de aplicación sería el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS), organismo que explota, administra y fiscaliza los juegos de azar en Entre Ríos: “Tendrá el deber de crear, en coordinación con el Estado Nacional, Provincial y Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos, un registro informatizado y actualizado de personas beneficiarias de planes de asistencia social y de personas deudoras de cuota alimentaria”.
En caso de sancionarse, los casinos, bingos y salas de juego u otras formas de azar tendrán la obligación de solicitar el DNI a cada persona que quiera ingresar y cotejarlo con el registro informatizado, “a los fines de permitir o prohibir su ingreso”. Asimismo, se colocaría un cartel con el número de la ley y un texto alusivo a la prohibición.
Las personas físicas o titulares de casinos, bingos y salas de juegos que incumplan con las disposiciones, serían pasibles de sanciones aplicadas en forma conjunta o alternada.
Las sanciones dispuestas en el proyecto son: apercibimiento; multa la que oscilará entre el equivalente al valor de 1.000 (mil) y 20.000 (veinte mil) litros de nafta súper; suspensión de la habilitación para funcionar, la que podrá ser de 15 días a 1 mes; clausura provisoria o definitiva del establecimiento, a evaluarse según la gravedad o reiteración de la infracción.
Las sumas recaudadas por la imposición de las multas serían destinadas a una cuenta especial de la autoridad de aplicación.
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