El Parlamento de Canarias convalidó la modificación a la Ley de Juegos y Apuestas que aplica más restricciones

La nueva normativa también regula la distancia entre salones recreativos y de juegos y salas de bingo.
La nueva normativa también regula la distancia entre salones recreativos y de juegos y salas de bingo.

El decreto evita la concentración de locales de juego, regula la distancia de los salones de los centros educativos y amplía la edad de protección desde los seis años.

España.- El Parlamento de Canarias convalidó el pasado viernes 6 de septiembre el decreto ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, la gestión eficiente y la calidad en el empleo público de Canarias, así como para la protección de la infancia en el ámbito de los juegos de azar y apuestas, aprobado por el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Nieves Lady Barreto.

Nieves Lady Barreto defendió la necesidad de contar con un decreto ley para poder adoptar medidas que son urgentes y necesarias para dar solución a los problemas actuales y agilizar las mejoras en la Función Pública «porque es necesario iniciar el proceso de transformación de la Administración Pública y abordar los cambios necesarios para adaptarla a la realidad y a las necesidades de la población».

El decreto ley también adopta un conjunto de «medidas urgentes e inaplazables» para garantizar la protección de la infancia en el ámbito de la actividad de los juegos de azar y las apuestas en Canarias a través del Decreto ley 7/2024, de 31 de julio, aprobado por el Consejo de Gobierno y publicado el viernes en BOC.

Ver también: Canarias modificará la normativa sobre el juego en 2025

Por otro lado, la normativa permite ganar en celeridad y corregir la situación generada por una sentencia judicial que habilitaba la instalación de salones de juego a menos de 300 metros de centros educativos de educación Infantil y Primaria, una vez que finalizara la moratoria en el sector del juego, el 31 de diciembre de 2023.

La disposición final séptima de este Decreto ley modifica la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas para determinar reglamentariamente la zona de influencia en la que no podrán ubicarse establecimientos para la práctica del juego por la previa existencia de un centro de enseñanza o un centro permanente de atención a los menores.

La prohibición será extensiva a los bares, cafeterías o establecimientos similares, situados en la indicada zona de influencia que no tengan por actividad principal la práctica del juego.

A los efectos previstos, se consideran centros de enseñanza y de atención a menores los que, de acuerdo con su legislación sectorial, figuren inscritos como tales en los registros oficiales de la Administración sectorial correspondiente y cuyos usuarios potenciales tengan una edad comprendida entre los 6 y los 17 años, ambas inclusive.

Se añade también un artículo sobre la zona de influencia entre salones recreativos y de juegos y bingos para evitar concentraciones. En concreto, el decreto ley señala que la zona de influencia en la que no podrán estar ubicados salones recreativos y de juegos, sea por nueva instalación o por traslado de los autorizados, por la previa existencia de otro salón recreativo y de juegos, será la comprendida en un radio de acción de 200 metros en línea recta, medida sobre plano, desde cada una de las puertas de acceso del salón que se pretende instalar.

Dicha distancia no será aplicable cuando se trate de salones recreativos y de juegos sin acceso directo a la vía pública en centros comerciales. Sin embargo, para los que se pretendan instalar en una misma planta de dichos centros comerciales, la distancia a aplicar será la de 75 metros. También se fija la medida de 200 metros con las mismas características como zona de influencia entre un salón recreativo y de juego y una sala de bingo.

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