El Concejo Deliberante de la ciudad de Salta declaró la emergencia en materia de juegos de azar y apuestas
La ordenanza plantea restricciones a la publicidad e instalación de nuevas salas de juegos, entre otras medidas. En principio, la emergencia será declarada por el lapso de un año.
Argentina.- Durante la última sesión del Concejo Deliberante de Salta, los ediles procedieron a la sanción de la declaración de emergencia en materia de juegos de azar y apuestas en la ciudad por el lapso de un año.
Según explicaron los ediles, la medida busca prevenir el juego patológico mediante acciones positivas y actualizar las normativas locales relacionadas con la temática.
El texto de la Ordenanza sancionada establece, en primer lugar, la modificación del artículo 24 de la Ordenanza Nº 13.777, de Reglamentación de la colocación de anuncios publicitarios público, referente a las prohibiciones generales en anuncios publicitarios. De este modo se incorpora el inciso ll, el cual dispone que los anuncios publicitarios «no podrán incitar, de cualquier modo, a los juegos de azar o apuestas, en cualquier modalidad, a niños, niñas y adolescentes».
Además, se prevé en la implementación, a través de las distintas áreas de la Municipalidad y del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta, de medidas de acción positivas en materia de prevención del juego patológico o ludopatía. Por otro lado, se dispone la prohibición de acceso a sitios de juegos de azar y/o apuestas en línea a través de los puntos de Wi-Fi gratuito de la Municipalidad. En este sentido, se establece como condición para la celebración y/o renovación de convenios con las empresas prestatarias de servicios de internet que se incorpore el procedimiento de bloqueo de direcciones IP de portales que promocionen, ofrezcan u organicen juegos de azar o apuestas en línea sin la autorización de la autoridad municipal competente.
Los concejales destacaron que se trata de una actitud proactiva de parte de los concejales para luchar en contra del consumo problemático y aunar acciones para prevenir. “Tenemos que general herramientas para esta lucha desde la Municipalidad debido a la situación que se atraviesa” destacó el concejal Gonzalo Nieva.
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Otra de las disposiciones de la ordenanza, faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de recursos presupuestarios, materiales y humanos para ejercer acciones efectivas en la prevención y lucha contra las adicciones a los juegos de azar, mediante campañas publicitarias, talleres, capacitaciones, concientización en redes sociales y otras formas de protección. También se establece que deberá coordinar con el Gobierno de la Provincia de Salta la ejecución de medidas preventivas en el ámbito escolar, a través de capacitaciones obligatorias sobre esta temática.
Por último, el articulado incorpora modificaciones en los artículos 9 y 11 de la Ordenanza Nº 7.258, de Regulación de juegos de azar. El primero de ellos ha quedado redactado de la siguiente manera: «Queda estrictamente prohibido instalar salas de juegos, casinos o locales de entretenimientos electrónicos, incluidas las terminales de video lotería (Video Lottery Terminal, VLT), a menos de trescientos metros de cualquier institución educativa, ya sea de nivel inicial, primario, secundario, superior o especial, así como de templos religiosos autorizados».
Mientras tanto, el inciso restante ha sido reformulado de la siguiente manera: “Queda terminantemente prohibido, en los locales definidos en los artículos 2°, 3° y 4° de la presente Ordenanza, el funcionamiento y uso de cualquier tipo de sistemas y máquinas que no hayan sido previamente autorizados por la autoridad competente”.