Chile: cambio de operador no permite despedir a trabajadores de casinos
La Dirección del Trabajo determinó que los contratos y beneficios colectivos vigentes se mantienen automáticamente cuando una nueva empresa asume la operación de un casino.
Datos clave:
- El cambio de operador no termina las relaciones laborales en los casinos.
- Los contratos individuales y colectivos mantienen su vigencia.
- La antigüedad acumulada de los trabajadores se conserva con el nuevo operador.
- No corresponde despedir y recontratar al personal por el traspaso.
- La Dirección del Trabajo no definió si la antigüedad debe computarse como costo de licitación.
Chile.- Chile mantendrá la continuidad de los vínculos laborales cuando un nuevo operador asuma la gestión de un casino de juegos, según un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo. El criterio establece que el traspaso de la concesión no permite terminar contratos para volver a contratar al personal, una definición relevante para los próximos procesos de adjudicación y renovación de permisos.
El dictamen, contenido en el Ordinario N.º 449 emitido por el Departamento Jurídico del organismo, responde a una consulta formal presentada por la sociedad Casino de Juegos del Mar, perteneciente a la Corporación Meier, en el marco de los procesos de cambio de concesionario en la industria.
Fundamentado en el inciso segundo del artículo 4° del Código del Trabajo, el pronunciamiento aclara que la modificación total o parcial del dominio, posesión o mera tenencia de una empresa no altera los contratos individuales ni los instrumentos colectivos vigentes.
En ese sentido, la autoridad laboral descartó de forma expresa la posibilidad de que la empresa saliente ponga fin a las relaciones laborales para que el personal sea recontratado posteriormente por la firma adjudicataria. Al operar la continuidad laboral por disposición legal, no resulta necesario celebrar nuevos contratos ni suscribir instrumentos especiales entre las partes, sin perjuicio de que empleadores y trabajadores acuerden una actualización documental para consignar el cambio de razón social y la antigüedad acumulada.
Alcance para las negociaciones colectivas
La resolución enfatiza que la protección abarca de manera integral los convenios y acuerdos colectivos alcanzados con anterioridad, garantizando la preservación de los beneficios y condiciones de trabajo preexistentes tras el traspaso de la sala.
Consultada sobre si la antigüedad acumulada por el personal debe ser evaluada como un costo dentro de las propuestas económicas de los postulantes a una concesión, la Dirección del Trabajo se abstuvo de emitir un pronunciamiento. El organismo fundamentó su reserva señalando que la materia excede las competencias interpretativas que le otorga la legislación laboral en su artículo 505.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué pasa con los trabajadores cuando cambia el operador de un casino en Chile? Los vínculos laborales continúan automáticamente con el nuevo operador, sin necesidad de celebrar nuevos contratos.
- ¿Un cambio de operador permite despedir y recontratar a los trabajadores? No. La Dirección del Trabajo descartó que el traspaso permitiera terminar las relaciones laborales para recontratar posteriormente al personal.
- ¿Se pierde la antigüedad laboral con el cambio de operador? No. La continuidad laboral implica mantener la antigüedad acumulada por los trabajadores.
- ¿El nuevo operador debe respetar los beneficios colectivos existentes? Sí. El pronunciamiento señala que los instrumentos colectivos y las condiciones laborales vigentes se mantienen tras el traspaso.